Para citación: Erijman, P. (2024). Un mundo de peticiones. Maestras ante el Consejo Nacional de Educación y el Parlamento argentino, 1886-1904. del prudente Saber y el máximo posible de Sabor, (20), pp. 01- . DOI: 10.33255/26184141/2026e0048

 

Un mundo de peticiones. Maestras ante el Consejo Nacional de Educación y el Parlamento. 1886-1904

 

A World of Petitions. Women Teachers before the National Board of Education and Parliament. 1886-1904

 

 

Paula Erijman | Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Universidad Nacional de Buenos Aires. Argentina

pau.erijman@gmail.com

ORCID: 0009-0009-6077-0246

 

Recepción: 25/6/24. Aceptación: 1/8/24. Publicación: 12/2024

 

 

Resumen

 

Este trabajo estudia las peticiones que algunas maestras de instrucción primaria presentaron ante el Congreso Nacional y el Consejo Nacional de Educación para obtener jubilaciones, pensiones y aumentos de haberes, entre 1886 y 1904. A partir de su análisis la investigación busca poner de relieve el peso político de esta manera de demandar. Las peticiones iluminan una serie de reclamos laborales que no se plasmaron necesariamente en huelgas o conflictos de gran resonancia, pero que revelan otros modos y espacios para defender lo que se creía justo, así como un repertorio de acciones posibles en un tiempo y un lugar. En este artículo se explora cómo aquellas estuvieron acompañadas de distintos ámbitos de intercambio de información, de acompañamiento mutuo entre peticionantes y de presión dentro del Parlamento.

Además, se examina cómo estas solicitudes contribuyeron a flexibilizar los márgenes de la legislación vigente y los modos de gestionar estos retiros. Se estudia cómo las maestras pusieron en juego los vínculos generados durante sus años de docencia con funcionarios y legisladores y de qué modo hicieron las presentaciones de sus peticiones ante el Congreso y el Consejo Nacional de Educación. Además, se observa cómo crearon, reunieron y preservaron papeles para certificar sus años de servicios y otra información laboral.

La pesquisa combina el análisis de estas peticiones con diferentes corpus documentales, tales como registros nacionales de leyes y decretos, diarios de sesiones del Congreso, informes del área educativa y censos. Con las herramientas metodológicas de la historia social con perspectiva de género, busca arrojar luz sobre la relación entre las trayectorias laborales de las maestras y la obtención de jubilaciones y pensiones. Gracias a sus peticiones estas mujeres ayudaron a definir las jubilaciones en un sentido más amplio que el que había establecido la legislación y que el que defendieron algunos funcionarios.

 

Palabras clave: peticiones, maestras, jubilaciones

 

 

Abstract

 

This work examines the petitions submitted by some primary education teachers to the National Congress and the National Council of Education in order to obtain retirements, pensions, and allowances increases, between 1886 and 1904. Through their analysis, this research seeks to highlight the political significance of this way of demanding. These requests shed light on a series of labor demands that did not necessarily turned into strikes or highly publicized conflicts but revealed other ways and spaces to defend what was believed to be just, as well as a repertoire of possible actions within a specific time and place.

This article explores how these requests were accompanied by various information exchange gatherings, mutual support among petitioners and pressure within Parliament. Additionally, it examines how these requests contributed to make more flexible the margins of existing legislation and the management of these retirements. It studies how teachers leveraged relationships developed during their years in teaching with officials and legislators, as well as their ways of making presentations before Congress and the National Council of Education. Furthermore, it observes how they created, gathered and preserved documents which certified their years of service and other work-related information.

The study integrates an analysis of these requests with various documentary sources such as national records of laws and decrees, congressional session records, educational reports, national and municipal censuses. Using methodological tools from social history with a gender perspective, it aims at illuminating the relationship between women teachers' career paths and the acquisition of retirement pensions. Through their petitions, these women played a significant role in redefining retirement, expanding its scope beyond what had been established by legislation or advocated by certain officials.

 

Keywords: petitions, teachers, retirements

 

Introducción

Nicomedes Echauri trabajó como ayudante y subpreceptora en distintas escuelas de la ciudad de Buenos Aires hasta 1888, cuando obtuvo una pensión de retiro igual a la mitad de su sueldo (República Argentina, 1889, p. 278).1 Este era el porcentaje que le correspondía según la ley de jubilaciones docentes sancionada dos años antes. Probablemente, la mengua en sus ingresos fuera difícil de afrontar, especialmente en el contexto inflacionario de esa época (Poy, 2014, p. 46). Así, un año después de obtener su jubilación, Echauri se presentó en el Congreso Nacional con una petición para solicitar un incremento en sus haberes. Esta maestra se valió de su conocimiento sobre la facultad de las cámaras para tratar pensiones en función del artículo 17 del capítulo IV de la Constitución de 1853. En su nota, argumentó que los ingresos de los maestros habían sido elevados en una buena proporción mientras que los de los retirados habían quedado «con la misma pequeña asignación», que resultaba «escesivamente [sic.] ínfima si se tiene en cuenta la carestía de la vida» (Echauri, 1889).

Los diputados discutieron el pedido de Nicomedes en 1890 junto con el de otras maestras y en todos los casos objetaron que ellas habían sido jubiladas por el Congreso y no por la ley jubilatoria. El diputado autonomista Salvador Maciá dijo que sus retiros eran «como una gracia que se les ha hecho; y después de esto todavía ocurren pidiendo aumento! Es un proceder demasiado incorrecto» (Congreso Nacional, 1891, p. 237). Si bien algunas de las maestras habían tramitado su retiro a través del Consejo Nacional de Educación, tal como disponía el marco legal, las demandas de las educacionistas fueron archivadas. Ese mismo año Nicomedes falleció y su madre, que clamaba haber quedado «en la más completa indigencia» a partir de su muerte, consiguió el traspaso de la pensión que cobraba su hija, a pesar de que según la legislación vigente no era transferible (Echauri, 1890).  El caso de estas mujeres resulta útil para ilustrar las disputas y las idas y vueltas alrededor de las jubilaciones docentes y los modos en que maestras, maestros y sus familiares intentaron flexibilizar a su favor la ley de retiro vigente. El hecho de que hubieran conseguido sus pensiones acudiendo al Parlamento y de que pidieran aumentos o traspasos, excedía los márgenes de esta norma. De este modo, aunque la ley estipuló qué era una jubilación, a quiénes les correspondía, cómo debía solicitarse y cuáles eran los montos por percibir, su uso fue objeto de negociaciones permanentes.

Este trabajo explora una selección de diez peticiones presentadas por docentes de instrucción primaria de un conjunto de más de doscientas. Los objetivos de estas misivas eran conseguir pensiones de retiro, pensiones graciables y aumentos de haberes, una vez sancionada la ley 1909 de 1886. A veces, estas se firmaron de forma colectiva y, otras, de manera particular. En las siguientes páginas se revela cómo en ambos casos formaron parte de formas y experiencias compartidas y colectivas de demanda. En su mayoría, estas peticiones fueron enviadas por mujeres mayores, viudas o solteras, que por su trabajo portaban un capital sociocultural y relacional singular. Estas mujeres no necesitaron el marco formal de la ciudadanía política para reclamar y para adentrarse en el Parlamento. A pesar de no poder votar ni formar parte del poder legislativo, estas maestras disputaron el derecho a la jubilación tanto en el Congreso Nacional como en el Consejo Nacional de Educación. Por lo tanto, su acceso no se limitó simplemente a la letra de la ley, sino que, a través de estas peticiones, contribuyeron tanto a crear sentidos en torno al retiro como a ampliar sus márgenes.

La historiografía ha pensado en las luchas docentes y sus modos de conquistar derechos como parte de las organizaciones gremiales, donde la batalla de ideas se plasmaba en los periódicos, y en la consecución de huelgas y conflictos destacados. El acto de peticionar no ha concitado gran atención, a pesar de su asiduidad (H. Miller, 2017; H. J. Miller, 2023) y de la multiplicidad de usos que tuvo. Sin embargo, esta investigación pone de relieve el peso político de las peticiones. Acompaña así un novedoso y creciente interés que estas han despertado entre especialistas por volver al pasado para preguntar por las distintas formas que asumió la participación política popular. Este artículo se nutre de los interrogantes y formas de concebir las peticiones que el historiador Henry Miller ha hecho para el caso del Reino Unido entre los años 1780 y 1918. En su trabajo ha descrito cómo aquellas fueron uno de los modos principales a partir de los cuales amplios sectores de la población interactuaron con la política y buscaron hacer oír su voz. En un período en el que pocos hombres y ninguna mujer podía votar, este instrumento fue el vehículo para una poderosa presión popular, sirvió como base para otras formas de actividad política, como las reuniones públicas y las asociaciones, y permitió que un conjunto amplio y heterogéneo de individuos humildes buscaran reparaciones. En Argentina, en los últimos años se han publicado distintas investigaciones que dan cuenta de la relevancia que estas tuvieron entre mediados del siglo XIX y del siglo XX. Se analizó cómo jugaron un rol en la demanda de derechos, en la ampliación de los márgenes de la asistencia pública y en la influencia que trabajadores, trabajadoras, asociaciones de la sociedad civil e instituciones podían tener sobre los procesos de deliberación y toma de decisión de los legisladores en el Parlamento (Afarian & Pasarín, 2020a, 2020b; Castro, 2021; Garcilazo, 2014; Pita, 2018, 2020; Portelli, 2021, 2022; Vita, 2022). La historiografía que abordó las peticiones en el continente americano también mostró cómo estas sirvieron como medio de interlocución con los poderes públicos durante el período colonial y posrevolucionario (Di Meglio et al., 2019; Durston et al., 2013; Paz, 2013; Pazos, 2022; Rebagliati, 2017; Silva, 2012; Terán Fuentes & Pérez Navarro, 2019). Ciertamente, los maestros y las maestras no fueron una excepción e hicieron uso de esta herramienta de largo arraigo. El análisis de sus peticiones permite interrogar una serie de demandas laborales que no se plasmaron necesariamente en huelgas o conflictos de gran resonancia, pero que revelan otros modos y espacios para defender lo que se creía justo, así como un repertorio de estrategias posibles en un tiempo y un lugar. Por ello, en este artículo se estudia cómo aquellas estuvieron acompañadas de distintos espacios de intercambio de información, de acompañamiento mutuo entre peticionantes y de presión dentro del Parlamento.

Por otra parte, las peticiones por jubilaciones en Argentina también revelan que los pedidos particulares hechos al Parlamento fueron menos individuales de lo que se ha sostenido. Los numerosos maestros y, especialmente, maestras que participaron en el proceso muchas veces conocían lo que sucedía con las pensiones de otros educacionistas. Además, la uniformidad en los modos de hacer las solicitudes remite a experiencias y conocimientos compartidos, independientemente del resultado de cada gestión particular. Por lo tanto, es probable que la elección de presentarse de manera individual estuviera más relacionada con una estrategia para mostrar desamparo o con la necesidad circunstancial de solicitar la jubilación en ese momento, que con una verdadera acción solitaria.

Asimismo, los manuscritos permiten conocer un conjunto de trayectorias y demandas laborales poco exploradas y sirven como una aproximación hacia las miradas de unas trabajadoras, a veces ancianas, sobre sus pasadas condiciones de trabajo y presentes condiciones de vida. Ello resulta particularmente relevante en un contexto en que los especialistas hablan de una escasez de evidencias históricas para estudiar a las personas mayores (Otero, 2020, p. 12).

El trabajo se nutre de un grupo de estudios insertos en el campo de la historia social con perspectiva de género y de la «microhistoria en movimiento» que se preguntaron por los modos en que las y los trabajadores pensaron y vivieron el derecho en sus vidas cotidianas (Andújar et al., 2016; Pita, 2020; Scott & Hébrard, 2015). Estas investigaciones ponderaron la capacidad de agencia de las personas del común, haciéndolas partícipes de la esfera pública a través de su reapropiación de lo legal. En algunos casos, pusieron la lupa sobre unos modos de disputar derechos a habitar, trabajar y descansar que no se producían en espacios más estudiados como los tribunales. Asimismo, el enfoque de la microhistoria en movimiento resulta útil para revelar dinámicas de unas trayectorias itinerantes que a veces se tornan invisibles a la lente de una ciudad o de un trabajo cuantitativo con la documentación.

La indagación abarca el período que va desde 1884 cuando se sancionó la Ley N.° 1420, que sirvió como fundamento para los pedidos de retiro ante el Consejo Nacional de Educación y el Congreso hasta 1904 cuando se sancionó una ley que modificó lo dispuesto por las leyes de 1884 y 1886. El estudio comienza analizando cómo unas maestras utilizaron el marco legal vigente de un modo flexible, para conseguir unos arreglos jubilatorios que las beneficiaran. Luego se rastrean los recorridos realizados por algunas de ellas para hacer las solicitudes, buscando dar cuenta de cuáles eran los vínculos, las gestiones y los espacios que estaban involucrados en la presentación de una petición. A lo largo del trabajo, se cuestiona el carácter individual y aislado de las demandas y, en el último apartado, también se analizan las particularidades de las solicitudes enviadas colectivamente. La investigación toma un conjunto de peticiones y las contrasta con variadas fuentes, entre las que se encuentran los diarios de sesiones del Congreso y del Consejo Nacional de Educación, registros, informes, memorias, censos y revistas.

 

El carácter elástico de la legislación

En 1884 se sancionó la Ley N.° 1420, que en su artículo 31 estipuló el otorgamiento de una pensión vitalicia igual a la mitad del sueldo para «los preceptores y subpreceptores que después de diez años de servicios consecutivos se viesen en la imposibilidad de continuar ejerciendo sus funciones por enfermedad», de tres cuartas partes de su sueldo para quienes hubieran alcanzado los quince años y con sueldo íntegro para «el preceptor ó subpreceptor que, pasando los veinte años, quisiese retirarse por cualquier causa» (Consejo Nacional de Educación, 1885, p. 840). Dos años después se sancionó otra ley que reglamentó y amplió lo referido a las jubilaciones docentes. Como la anterior, esta que llevó el número de 1909, regía para la capital, las colonias y los territorios nacionales. No obstante, quienes habían trabajado en escuelas muchas veces no cumplían con las condiciones necesarias para acceder a un retiro o para hacerlo con un monto correspondiente al sueldo íntegro. En 1894, en el marco de una discusión parlamentaria para reglamentar la facultad del Congreso para otorgar pensiones, el diputado de la Unión Cívica Nacional Antonio Bermejo se lamentó de que esta atribución fuera interpretada en un sentido demasiado «elástico» (Congreso Nacional, 31/10/1894, p. 383). A continuación, se estudia cómo unas maestras propiciaron estos modos elásticos de interpretar el marco legal jubilatorio.

Florencia Perez nació en Buenos Aires en 1848. Su padre, José Perez, había llegado a Argentina desde Valencia, España, cerca de 1801. En 1855, el censo de la Ciudad de Buenos Aires registró a Florencia viviendo junto a José, de 80 años y viudo, y a sus hermanas mayores, Antonia y Juana, que fueron consignadas como costureras (Censo de Población de Buenos Aires, 1855, Parroquia de Barracas al Norte, FHL microfilm 1,154,374). Los cuatro vivían en una casa de paja que estaba ubicada sobre la calle Larga, la avenida principal de Barracas al Norte hoy Barracas (Cutolo, 1998, p. 95). En los alrededores había chacras, terrenos baldíos y casas quintas que las familias de la élite porteña habían construido desde las primeras décadas del siglo XIX (Cerezo, 1935, p. 21). Además, había saladeros y graserías y en la parte noroeste de Barracas funcionaban los Mataderos del Sur. El riachuelo, que en verano se teñía de rojo con las matanzas de los animales, separaba a Barracas al Norte de Barracas al Sur, actual Avellaneda.

En los años que siguieron al censo de 1855 o tal vez mientras trabajaba como costurera la hermana mayor de Florencia comenzó a dar clases particulares en su casa a cambio de un pago mensual. En esos años, algunas escuelas públicas y privadas para niñas tenían la materia Labores, en la que se enseñaban nociones básicas de costura, corte y confección, tejido y bordado a mano (Mitidieri, 2021, p. 114). Estas asignaturas solían ocupar más tiempo que otras que también se dictaban en las escuelas de niños, como doctrina cristiana, lectura, escritura y aritmética (Rodríguez, 2021, p. 3). Posiblemente los saberes adquiridos en los años de trabajo con la aguja ayudaran a Juana Perez a dictar algunas de las clases. En 1866, la maestra solicitó al Departamento General de Escuelas el reconocimiento oficial como escuela y gracias a ello fue nombrada directora de un establecimiento que «ocupaba» en la casa perteneciente a la señora Miguens de Montes de Oca (Cerezo, 1935, p. 21). El 5 de noviembre de 1866 el establecimiento abrió sus puertas y empezó a gozar de una subvención del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Se llamaban escuelas subvencionadas a «las particulares convenientemente ubicadas que, á falta de las comunes, costeadas por el estado, reciben un auxilio del tesoro público con la obligación de educar gratuitamente un número de niños pobres» (DE, Memoria, 1874, p. 19). Así, las iniciativas particulares recibían un monto de dinero y quedaban sujetas a algunas inspecciones e intervenciones que permitieran controlar la marcha de la enseñanza.

En el primer censo nacional de la era republicana, Florencia, que tenía casi 22 años, figuró como costurera (Argentina, censo nacional, 1869, Distrito Federal, FHL microfilm 677,650). Ya no vivía junto a su padre, que probablemente había fallecido, pero sí permanecía en Barracas al Norte junto a Antonia y Juana, esta última anotada como preceptora. Unos años después del censo, en julio de 1872, se nombró a Florencia como preceptora en la misma escuela en la que trabajaba Juana, entonces declarada como pública (DE, Memoria, 1874, p. 212). Según un informe de 1873, la Sta. Perez había solicitado esta transformación junto a «numerosos y respetables vecinos de Santa Lucía» desde el año 1866, cuando se acordó la subvención (DE, Memoria, 1874, p. 287).

Florencia Perez obtuvo una jubilación en 1888, a sus 40 años. A diferencia de Juana, que se jubiló el mismo año habiendo cumplido más de los 20 años de servicios al frente de una escuela formalmente reconocida, la hermana menor alcanzó apenas 16. Ese número era suficiente para obtener una pensión de tres cuartos del salario como maestra, pero ella consiguió un retiro con el sueldo íntegro (Varios maestros jubilados, solicitan aumento de la asignación que perciben, 1909). El decreto que estipuló su jubilación indicaría que estaa fue gestionada a través del Consejo Nacional de Educación2. Su caso permite entrever las posibilidades de torcer la legislación de aquellas que tuvieron distintas ocupaciones o que por distintas razones no alcanzaron los años requeridos para el retiro que solicitaban.

No fue posible consultar expedientes de maestras que estuvieran en situaciones similares a la de Florencia y que hubieran gestionado su retiro a través del Consejo Nacional de Educación, pero hay algunos pedidos hechos al Congreso que contribuyen a pensar en los argumentos esgrimidos para bregar por la flexibilización de la legislación. Una de las razones más comunes era la pobreza y la falta de recursos entre quienes habían ejercido la docencia. También era frecuente la apelación a la valía de los servicios que se habían realizado. En 1889, Lucía Aïn de Torrejón obtuvo la jubilación de más de tres cuartos de su sueldo a través del Congreso a pesar de haber cumplido 16 años de servicios. Esta maestra se había diplomado en Francia, había enseñado francés en escuelas graduadas de Buenos Aires y había sido maestra principal en la escuela de Aplicación de la Escuela Normal de Maestros de la Provincia de Buenos Aires. Además, en su haber constaba la publicación de un libro sobre economía doméstica junto con su esposo Cipriano (Torrejón et al., 1887, p. 3) y en 1888 su nombramiento electo a la vicepresidenta de la Asociación de Maestros (Asociación de Maestros, 1888, p. 218). El monto particular de su jubilación se debió a que se la consideró como una maestra «altamente meritoria», que había servido «en la época embrionaria de las escuelas normales» y que había contribuido «a establecer estas escuelas a la altura en que se hallan» (Congreso Nacional, 19/08/1889, p. 410). También se tomó en cuenta que su marido difunto había prestado «muchos servicios, que es justo tener en cuenta para apreciar los de esta señora» (Congreso Nacional, 19/08/1889, p. 410). Estos casos muestran que era posible conseguir arreglos de retiro particulares y tanto el destacado mérito personal como el de un marido maestro podían ser argumentos para otorgar pensiones de retiro por fuera de lo establecido.

Distinta fue la situación de Dionisia Barragán, que no alcanzó ni siquiera los 10 años estipulados para obtener la jubilación con el porcentaje más bajo del sueldo. Esta mujer había nacido en 1845 en la parroquia Nuestra Señora de Montserrat (Registros parroquiales, 1845, Nuestra Señora de Montserrat, img. 435). Tenía 5 hermanas, de las cuales al menos dos fueron maestras (Censo de Población de Buenos Aires, 1855, Parroquia de San Nicolás, cuartel N.° 10, manzana N.° 16, img. 242). Adela, la mayor, tenía una escuela de ambos sexos subvencionada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Según la foja de servicios que guardaba el archivo parlamentario, Dionisia había sido nombrada preceptora del Consejo Escolar N.º 12 en 1870 y había continuado sus labores hasta fines del año 1877. Tal vez trabajó en la escuela de su hermana o llegó a la enseñanza con su ayuda. En cualquier caso, en 1897 se dirigió junto a ella al Congreso Nacional pidiendo pensión de retiro, pero la solicitud fue rechazada. Probablemente la negativa se basara en dos elementos que contrariaban lo establecido en la Ley N.° 1909: por un lado, que había cesado sus funciones antes de 1884 y, por el otro, que había trabajado solamente siete años como maestra. Algunos años más tarde, en 1902, finalmente obtuvo una pensión graciable y posteriormente también algunos aumentos y prórrogas. Lo distintivo de estos pedidos es que se fundamentaron en la valía de sus esfuerzos propios. Cuando Dionisia pidió la prórroga de su pensión en 1927 no solo informó que estaba soltera, enferma y anciana, sino que además enfatizó que había desempeñado el cargo de preceptora «a pesar de la epidemia de fiebre amarilla conocida por todos» (Barragán, 1927). De este modo, en lugar de acentuar la cantidad de años de servicios frente al aula, intentó traer a su favor el sacrificio realizado en el marco de un acontecimiento que años después podía seguir resonando como parte de un tiempo pasado repleto de dificultades. La historia en papel de Dionisia también es útil para pensar cómo circulaba la información sobre las peticiones otorgadas. En su pedido de 1927 suplicaría que la prórroga que había ganado se convierta en vitalicia «como las demás de mi época y de iguales servicios» (Barragán, 1927). Al momento de escribir las peticiones, las maestras no estaban aisladas. Como Dionisia, otras enviaron cartas junto a sus hermanas o con compañeras de trabajo. Pero además, entre ellas circularon informaciones sobre los procedimientos, los tonos que debían portar las notas y a donde recurrir, develando conexiones y redes entre ellas que las fortalecerían a la hora de demandar.

La legislación jubilatoria resultaría problemática para quienes, como Sofía Quellet de Fromont, habían trabajado en lugares que habían modificado su jurisdicción. Esta mujer había llegado a Esperanza, Santa Fe, en 1858 desde Suiza. Tenía 25 años cuando inmigró junto con su hermana Enriqueta, su hermano Enrique y otros tres hombres (Gori, 1974, p. 43). Su arribo fue producto de un contrato firmado por el gobierno de Santa Fe con una sociedad de colonos (Gori, 1974, p. 6). El plan era traer doscientos grupos de cinco adultos provenientes de Europa que pudieran trabajar la tierra. Estas personas se convertirían en propietarias luego de pasar cinco años cediendo un tercio de la cosecha a Castellanos, aunque luego de un pleito del gobierno con la sociedad de colonos pasaron a cumplir sus compromisos pagando esta cuota al primero.

A diferencia de su hermano, que se convirtió en molinero, Sofía trabajó enseñando en Esperanza, aunque no puede descartarse que también labrara la tierra (Argentina, censo nacional, 1869, sección de la margen derecha del Río Salado, Esperanza, img. 93). Considerando que la familia Froment fue otra de las concesionarias, posiblemente fuera allí donde Quellet conoció a Carlos Fromont, que se convirtió en su esposo (Gori, 1974, p. 42). La pareja vivió en La Plata y luego se radicó en San Martín, provincia de Buenos Aires (Bacchiega, Bertoni y Maza, 2003, p. 12). En octubre de 1885 Sofía se jubiló. A pesar de haber dedicado más de 25 años a la enseñanza pública, no pudo acceder a una pensión con sueldo íntegro, sino que redujo sus ingresos a poco más que la mitad (DNE, Censo, 1894, p. 417). Ello se debió a que no le fueron reconocidos los tres años «al servicio de la Confederación ni tres que sirvió a la provincia de Santa Fe, dirigiendo una escuela en la Ciudad de Esperanza» (De Fromont, 1909). Según manifestó en un escrito en 1909, ni siquiera se consideró que esas habían sido «las peores épocas que ha pasado el magisterio argentino, no solo por la extrema exigüidad de los sueldos, el número siempre excesivo de educandos, sino también por la irregularidad de los pagos» (De Fromont, 1909). Posiblemente había vivido desde 1858 hasta 1864 en el mismo lugar, que había sido parte de la Confederación Argentina hasta la batalla de Pavón, en 1861, y luego territorio de la Provincia de Santa Fe. Las autoridades educativas no tomaron en cuenta los años trabajados en aquella región. La historia de Sofía expone una cierta arbitrariedad en la estipulación del monto de las pensiones, por la cual el sacrificio podía ser motivo de aumento en algunos casos y no en otros.

Obtener una jubilación también podía implicar obstáculos para quienes habían sufrido lesiones. En el año 1900 un conjunto de docentes se reunió para hacer una petición al Consejo Nacional para el maestro de instrucción primaria Emilio R. Olivé. Este señor había perdido «el uso de sus piernas, pero no por ello desertó de su puesto de labor. Sentado en un pequeño carro dictaba sus lecciones [...], despertando la admiración de sus compañeros por su indomable energía» (Caras y Caretas, 1900, p. 20). Este acto, que era presentado por la revista Caras y Caretas como heroico, tal vez se debiera a las dificultades de conseguir un retiro por los propios medios. Lo llamativo de este caso es que, según la revista, fueron sus compañeros quienes se reunieron para requerir una jubilación (Caras y Caretas, 1900), mientras que en las actas de las sesiones del Consejo figura como que fue el maestro quién acudió (Consejo Nacional de Educación, 1900, p. 566). Esto permite suponer que pudo haber otros casos similares que aparecen como presentaciones individuales, pero que tal vez implicaron la movilización de un conjunto de personas.

También hubo solicitudes explícitamente colectivas, como la que reunió a doce maestras en 1897 por un aumento jubilatorio (Varias maestras jubiladas, 1897). En el escrito afirmaron que desde el momento en que habían obtenido sus pensiones entre 1886 y 1887 se había duplicado o triplicado el precio de los alquileres y de los artículos de primera necesidad. En efecto, durante los mandatos de Miguel Juárez Celman (1886- 1990), de Carlos Pellegrini (1890-1892), de Luis Sáenz Peña (1892-1895) y durante parte del mandato de José Evaristo Uriburu los precios aumentaron de manera sostenida (Iñigo Carrera, 2007, p. 186). Si bien en 1897 se reanudó el endeudamiento externo y aumentaron los ingresos por un aumento en el valor de los productos exportables (Poy, 2014, p. 46), tales cambios no se plasmaron en las condiciones de vida de las jubiladas. Las maestras exponían como una injusticia que hubiesen sido aumentados en diversas ocasiones los haberes del personal docente de la capital mientras que ellas seguían gozando del mismo «exiguo sueldo asignado entonces». (Varias maestras jubiladas, 1897). Decían:

Muchas de nosotras, ancianas ya, sin vista, faltas de salud y fuerzas para procurarnos una ayuda de estas, por medio del trabajo personal, nos hallamos reducidas á pasar los últimos años de la vida en una pieza alquilada careciendo de los recursos mas indispensables para la subsistencia, y con la perspectiva de un lecho en un hospital, en caso de enfermedad crónica, por carecer de los medios para pagar médico, asistencia, botica, etc. (Varias maestras jubiladas, 1897)

Se trataba de maestras de entre 45 y 74 años, solteras y viudas, salvo una que estaba casada, pero que según el censo de 1869 no vivía junto a su marido. Sus orígenes sociales eran diversos. Una de las maestras, Hermenegilda Usá de Senra, figuró como socia de la Asociación de Maestros en 1885, pero no es posible saber si continuaba formando parte de este gremio y si la organización de esta presentación colectiva se produjo en dicho marco. En cualquier caso, la solicitud ilustra otra de las vías para reclamar un aumento y un modo de organización entre maestras que pudo o no producirse a través de una asociación gremial. En general estas demandas no se hicieron de modo confrontativo, pero eso no necesariamente limitó su efectividad.

Las peticiones elevadas habilitan una serie de observaciones. En primer lugar, a diferencia de muchas de las cartas enviadas por familiares de militares y empleados públicos para conseguir pensiones graciables, en el caso de maestras y maestros la letra de las firmas en algunos casos parece corresponderse con la del resto del texto. Esto invita a suponer que el magisterio no siempre contó con intermediarios para presentar las misivas, o que al menos no acudió a ellos en la misma medida. Es decir, algunas veces posiblemente recurrieran a intermediarios o «encargados», dedicados a redactar estas solicitudes, individuos que tal vez elaboraran cartas similares para diversos peticionantes y que dejaran su impronta en el modo de demandar (Miscelánea, 1894, p. 169), pero en otros casos probablemente fueran las maestras y los maestros mismos quienes escribieran las peticiones. Así, la similitud entre los diferentes escritos, en su estructura y sus argumentos, en su lenguaje persuasivo, personal y a menudo emotivo, permite entrever una narrativa común, que no expresa únicamente la presencia de la pluma de los intermediarios, sino que está basada en experiencias compartidas, en formas propias de la época y en los espacios o instancias de transmisión de estos saberes de gestión entre educacionistas. Además, numerosas peticiones hacían alusiones a los distintos arreglos jubilatorios conseguidos por otros y otras, lo que indicaría que ni las gestiones o solicitudes y las negociaciones que implicaban no eran asuntos individuales o solitarios, aunque fuesen suscriptas por una persona. 

Asimismo, en el transcurso de la investigación la mayor parte de las peticiones halladas fueron enviadas por docentes mujeres. Es notoria también la mayor proporción de aquellas que eran residentes en la capital y en Buenos Aires, más allá de las escuelas distantes en las que pudieron haber trabajado. Esto podría responder a la predominancia femenina en las filas del magisterio de esta zona. Según los registros oficiales en la capital había 740 docentes en 1886, de los cuales 526 eran mujeres (Zorrilla, 1887, p. CXLVI); y entre 52 educacionistas que tenían 15 o más años de servicios, 35 eran maestras. El hecho de que la mayoría de quienes peticionaron fueran personas residentes en Buenos Aires invita a reflexionar en torno al carácter descentralizado de las políticas jubilatorias pero también alude a las dificultades que pudieron tener quienes no vivían cerca del Congreso o del Consejo Nacional de Educación para demandar jubilaciones, aspecto que se profundizará en el siguiente apartado.

En suma, hubo maestros y, sobre todo, maestras que peticionaron y que habrían compartido experiencias y estrategias sobre cómo sortear los aspectos más restrictivos de la legislación para conseguir arreglos jubilatorios «elásticos». De modos creativos fueron construyendo unos significados sociales en torno a lo que debía ser el retiro docente. En una diversidad de oportunidades relataron que se hallaban en situaciones de pobreza y de vejez, reforzando la idea de sus méritos y servicios ofrecidos al país en momentos políticos difíciles, en los albores de la organización institucional escolar, en condiciones de trabajo precarias y repletas de dificultades, planteando que por lo tanto era justo recibieran aumentos, al igual que quienes seguían en funciones.

 

La práctica de peticionar: trayectorias por retiros y modos de ejercer presión

 

Para quienes buscaban una jubilación docente no era una tarea sencilla probar que cumplían con todos los requisitos que fijaba la ley. Estas maestras y maestros habían ejercido en un período signado por conflictos políticos y en que muchas escuelas habían cambiado de jurisdicción municipal o provincial a nacional. A veces habían trabajado en distintas provincias y países. La documentación que registraba sus años de docencia no estaba reunida en un único lugar ni era fácilmente asequible. En sus comienzos, el Consejo Nacional de Educación tampoco concentraba dicha información. Además, los maestros y maestras en ocasiones vivían lejos de los espacios donde debían realizar las gestiones necesarias. A continuación, se examinan algunos casos que permiten imaginar sus trayectorias para reunir papeles y peticionar.

                 Según la Ley N.° 1909 de 1886, el derecho a pensión debía justificarse adjuntando la partida de bautismo y la foja de servicios prestados en la enseñanza, expedida por la autoridad competente, entre otros documentos. Se aclaraba que a falta de fojas de servicios se debía presentar el nombramiento instruido por quien corresponda o publicado en algún periódico de la época respectiva. La continuidad de las tareas debía comprobarse «con documentos expedidos por personas o autoridades que hubiesen estado al frente de la instrucción primaria en Capital o colonias» (Congreso Nacional, 10/11/1886, p. 607). Para tener tiempo de procurarse todos estos papeles algunos maestros consiguieron licencias, aunque ese beneficio no fue generalizado (Consejo Nacional de Educación, 1897, p. 367).

En 1885 Catalina Loyola inició las gestiones para obtener su jubilación. Según declaró en el censo de 1895, cuando tenía cerca de 50 años, no era propietaria ni se había casado (Argentina, censo nacional, 1895, sección 16, subdivisión 23, Ciudad de Buenos Aires). Había ejercido 23 años como maestra, primero en el Colegio de Niñas Huérfanas de la Ciudad de Buenos Aires, donde había vivido y sido pupila, y luego en distintos establecimientos de la misma ciudad, hasta que dejó su puesto por una afección cerebral (De Loyola, 1910, p. 31).

El 4 julio de 1885 envió una carta al Consejo Nacional de Educación para que le certificaran que había trabajado desde la instalación del Consejo hasta el 27 de enero de 1883. El 6 de julio escribió al Consejo de Educación de la Provincia de Buenos Aires en busca de una constancia de servicios que diera cuenta de su labor en la escuela auxiliar de Monserrat desde 1863 hasta 1881, año en que las escuelas públicas de la provincia pasaron a ser dependientes de la nación. Esa información le llegó al inspector Enrique M. de Santa Olalla, que varios meses más adelante hizo un informe dirigido a un «Sr. Secretario». Teniendo en cuenta que según el artículo 18 de la ley jubilatoria el Consejo debía formular una opinión informada para remitir al Ministerio de Instrucción Pública, tal vez él fuera el encargado de realizar esta tarea. De todos modos, el informe demoró varios meses y las cartas posteriores enviadas por Catalina permiten suponer que tuvo que reunir más documentación a pedido de este funcionario.

Primero consiguió una constancia escrita por «vecinos antiguos del pueblo del Carmen» ubicado en Carmelo, actual Uruguay afirmando que en 1842 había nacido y sido bautizada en la iglesia parroquial de aquella villa (De Loyola, 1910, p. 8). Luego envió una carta a la Sociedad de Beneficencia de la Capital para pedir una certificación de servicios de sus años al frente de escuelas dependientes de esta institución. Gracias a un papel firmado por la presidenta de esta sociedad, pudo comprobar sus labores entre 1860 y 1866 (De Loyola, 1910, p. 2). Dos semanas después le escribió al Intendente de la Municipalidad afirmando que requería certificar su trabajo entre los años 1868 y 1869. Le respondieron que figuraba en las planillas de escuelas desde el año 1869 como propietaria de una escuela subvencionada por la «Antigua Dirección Municipal de Escuelas». También consiguió la firma del presidente del Consejo Escolar de 14° Distrito de la Capital, declarando que ella había sido preceptora de esa parroquia desde 1876 «hasta el año en que se federalizó la ciudad de Buenos Aires» (De Loyola, 1910, p. 3).

Con toda esta documentación el inspector Enrique M. de Santa Olalla confirmó que Catalina estaba «dedicada al profesorado» desde 1860. A pesar de no tener los libros del período 1866-1869, creía que la maestra había continuado ejerciendo en dicho tiempo porque recordaba haberla conocido «por los años 1869 o 70 [...] antes de la Fiebre Amarilla q asoló a Bs Aires» (De Loyola, 1910, p. 6). Al rememorar ese momento, el inspector dejaba constancia de que tenía un cierto trato con esta educacionista. Ambos transitaron espacios compartidos, como el Congreso Pedagógico de 1882. Tal vez fue ese vínculo el que le permitió a Loyola contar con un informe que tenía una mirada benévola frente a los huecos del archivo. Finalmente, en enero de 1886 fue nombrada ayudante de la escuela graduada del 11° Distrito y el 10 de marzo de 1887 a través de un decreto el Poder Ejecutivo le otorgó la jubilación con sueldo íntegro (Consejo Nacional de Educación, 1886, p. 1181).

Por otro lado, el caso de Nemesia R. de Zelaya resulta significativo para pensar las trayectorias de quienes, en lugar de peticionar ante el Consejo, se presentaron ante el Congreso Nacional. Para muchas, recurrir al Parlamento pudo ser un modo de negociar arreglos jubilatorios más benéficos en determinados contextos en que los legisladores hicieron usos más amplios de la prerrogativa de dar pensiones. En el caso de Nemesia quizás fue la única alternativa. Esta maestra inicialmente se dirigió al Consejo Nacional de Educación a principios de 1893, pero en abril le comunicaron que el mismo no estaba facultado para tal fin y que debía concurrir «á las Cámaras» (Consejo Nacional de Educación, 1893, p. 187). Así fue como algunos años más tarde, en 1900, cuando su esposo se enfermó, fue al Congreso a suplicar un auxilio frente a «la escasez absoluta de recursos» (De Zelaya, 1900). Probablemente no se tratara de un contexto muy favorable para pedir un retiro. En diciembre de 1898 se había aprobado la Ley N.° 3744, que aumentaba la edad jubilatoria para los empleados públicos y en mayo de 1900 se había presentado en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que contaba con el apoyo del presidente Roca y que también restringía las posibilidades de retiro para maestros y maestras de instrucción primaria. Así, tal vez el clima fuera adverso para el otorgamiento de pensiones, aunque es difícil saber si Nemesia conocía esta situación.

El 30 de julio del año 1900 envió una carta al general que había sido designado secretario de la gobernación del territorio nacional del Chaco entre 1887 y 1888. Le dijo que debía «comprobar ante las cámaras» que había prestado servicios como directora de instrucción pública en el período que duró su cargo (De Zelaya, 1900). Además, le escribió a la viuda de otro general por el mismo motivo. El esposo de esta señora había sido gobernador del mismo territorio y ella había presidido allí la Sociedad de Beneficencia. Nemesia enfatizó que había sido socia y fundadora de esta institución junto con ella. La necesidad de recordarlo y la breve respuesta de la señora viuda permite imaginar que tal vez no tuvieran un vínculo cercano, aunque quizás compartieran la pertenencia de clase, considerando el rol ocupado por Nemesia en dicha sociedad. La maestra también le solicitó al coronel que dejara por escrito que la había conocido y que ella había trabajado en el Chaco austral entre 1888 y 1890. Por supuesto, omitió el hecho de que tanto ella como su esposo Enrique Zelaya habían quedado cesantes en 1890, probablemente a causa de ser acusados por el inspector nacional de Corrientes de haber recibido rentas injustificadas (Consejo Nacional de Educación, 1890, p. 213). Según el artículo 7 de la Ley N.° 1909 quedaban excluidos del derecho a pensión quienes hubieran sido separados de sus puestos por mala conducta o por condena o por pena infamante.

Nemesia también les escribió a dos ex ministros del Partido Autonomista Nacional para probar que había sido directora de una Escuela Mixta en el pueblo «Máximo Paz» y maestra en la ciudad de «Caá Caty». Aunque en sus cartas ella aclaró en qué años había trabajado en cada escuela, las respuestas fueron más bien imprecisas. Uno de ellos dijo recordar que «en esa época más o menos fue nombrada Ud. directora» y el otro manifestó que la «Sa. Nemecia R. de Zelaya fue durante algún tiempo Directora de una Escuela Mixta (...) sin recordar su duración en el empleo» (De Zelaya, 1900). A pesar de la vaguedad de las respuestas, estas contestaciones fueron adjuntadas, lo que parecería probar su valor.

Otra de las cartas adjuntas a la solicitud fue la de un hombre de ciudadanía italiana que era propietario de un conjunto de tierras en Posadas. Nemesia le pidió que aseverara que ella había sido directora en una escuela de Misiones desde 1884 cuando el Congreso Nacional decidió que la ciudad de Posadas fuese cedida por Corrientes a Misiones y se convirtiera en capital del territorio nacional hasta 1886. El señor no solo aseguró aquello sino que además escribió que «sus actitudes en el desempeño de su cometido como educacionistas han sido siempre recordados». Si bien este hombre no había expedido su nombramiento, la maestra quizás imaginó que podía hacer valer su buena relación con él.

 Una vez que Nemesia reunió los comprobantes necesarios, se dirigió al Congreso Nacional y entregó su petición. Pero tal como indicó Valeria Pita con relación a las mujeres que reclamaron mensualidades, socorros o limosnas entre 1852 y 1870, no se trataba únicamente de redactar una nota y presentarla. Conseguir estas pensiones involucraba «poder reunir personas e influencias tras las presentaciones» y «emplear en favor propio ciertas maneras o procederes de aquellas personas con poder o autoridad para decidir sobre el destino de estas peticiones» (Pita, 2020, p. 120). Algunas maestras, acudieron a la Sociedad de Beneficencia porque probablemente sabían de que, como dijo el maestro Marcial Lebrón, su «poderosa intercesión» podía «influir en el ánimo» de los diputados y senadores (ISByAS, 03/07/1886, p. 121). Otras pensionistas concurrieron directamente en las casas de los legisladores para exponer sus situaciones (Congreso Nacional, 14/06/1889, p. 86). En algunos casos consiguieron que ellos presentaran sus proyectos en el Congreso o que los defendieran en las discusiones parlamentarias (Congreso Nacional, 18/09/1889, p. 647). 

El cometido tampoco terminaba ahí. Es posible que Nemesia volviera a asistir alguno de los días en que se discutían las pensiones. Una nota de la revista El Gladiador de 1904 permite imaginar cómo era este momento:

Hay en el Senado una habitación pequeña, obscura, que hace de «sala de espera» y que a veces, cuando alguno de los ordenanzas se acuerda tiene encendido un pequeño foco colgado al medio, turbio, como adormilado, que no alcanza á disipar las sombras que agrupan en los rincones. […] Es una pieza que parece especialmente hecha para amontonar duelos y miserias, para juntar súplicas de mujeres [...] Alguien entra y al pasar dice: «Están tratando las pensiones». Es un chispazo eléctrico. Rápido, violento, sacude todo aquello. La habitación parece alegrarse un minuto. Pero luego la duda domina de nuevo, y al murmullo vago y confuso, sucede un silencio de angustia excitada más fuerte aún, adueñándose de toda la reunión. (Cuadros de la vida real, 1904)

La crónica no se refería específicamente al caso de las maestras, sino al de las mujeres que buscaban pensiones. Entre ellas había hijas solteras, viudas, hermanas y hasta nietas de hombres que habían servido a la nación en guerras o realizado servicios públicos. Es probable que también las preceptoras y subpreceptoras de instrucción primaria esperaran en la misma habitación «pequeña y obscura», dado que los diferentes tipos de pensiones se trataban en conjunto. El tono trágico del artículo, con su mención a la pieza hecha para amontonar duelos y miserias, puede no haber reflejado el clima con que las peticionarias esperaban el tratamiento de sus pedidos, pero la nota ayuda a figurarse un espacio de reunión, de intercambio de información, de apoyo mutuo y, tal vez, de presión a las autoridades. En este sentido, resulta central tomar en consideración este espacio ubicado dentro del Congreso y cómo contribuye a pensar el sinuoso camino de la presentación de las peticiones. Por otra parte, es preciso tener en cuenta que este paso no resultaba sencillo para quienes vivían lejos de Buenos Aires. Eliseo Navedas, un maestro de 63 años que residía en «la villa de Santa María», Catamarca, y que clamaba haber quedado en la calle luego de un robo, escribió: «la gran distancia que me separa de la esa capital en que vivo me priva el poder ir yo en persona a gestionar» (Navedas, 1901). Como tampoco contaba con «persona influyente que haga algo a mi fabor (sic)» se limitó a enviar la petición y se comprometió a pagar la contestación telegráfica.

Finalmente, cuando la petición de Nemesia R. de Zelaya iba a examinarse en el Congreso, los legisladores votaron el aplazamiento del tratamiento de todos los proyectos de pensiones hasta después de la discusión de un proyecto de Montepío Civil (Congreso Nacional, 1900, p. 365). Aunque la disposición no se sostuvo hasta 1904 (momento en que culminó el debate con la sanción de una nueva Ley), alcanzó para dejar a esta maestra sin pensión. A pesar de su suerte, su caso y el de Catalina Loyola revelan la importancia que tenían las relaciones establecidas en el ejercicio de la docencia. Por el trabajo desempeñado, las maestras y los maestros entraban en contacto con autoridades públicas y a veces utilizaban los vínculos construidos a su favor, para conseguir estos documentos.

Por otra parte, los casos de Catalina y Nemesia también dan cuenta de la relevancia que tenía la obtención y el guardado de ciertos papeles para el acceso a los retiros. Una jubilación podía depender del recorte de un periódico o de lo que dejaran por escrito funcionarios, familiares, vecinos o incluso otras personas conocidas. En ocasiones, las declaraciones que consiguieron eran imprecisas o presentaban contradicciones, pero aun así resultaron fundamentales para la conquista del derecho a la pensión de retiro. La importancia concedida a estos papeles se advierte en el hecho de que muchas maestras y maestros se convirtieran en creadoras de sus propios archivos.

Los casos aquí tratados informan acerca de los largos caminos de educacionistas para conseguir pensiones de retiro. Estos involucraron extensos recorridos por oficinas, establecimientos y domicilios, la escritura de cartas, la creación y el cuidado de numerosos documentos. Los maestros y las maestras podían hallarse en situaciones económicas diversas, pero su profesión les proporcionó un status particular y una serie de habilidades y lazos que facilitaron su incursión en el Parlamento y el Consejo Nacional de Educación para pedir pensiones, aunque tampoco garantizaron su éxito. Más que un espacio para «amononar duelos y miserias», como interpretaba el redactor de El Gladiador, la sala de espera del Congreso tal vez funcionó como un espacio de acompañamiento, de circulación de la información y de presión hacia los legisladores para quienes habían peticionado por pensiones.

 

Conclusiones

Las historias apuntadas iluminan un panorama laboral heterogéneo y cambiante: hubo maestras que enseñaron en sus domicilios, que combinaron la docencia con otras ocupaciones, que cambiaron de trabajo, migraron e hicieron de la enseñanza una tarea familiar. También hubo escuelas subvencionadas, centros educativos particulares que por iniciativa de las maestras se transformaron en públicos, establecimientos que funcionaron en casas de vecinos, en colonias agrícolas y en zonas urbanas. Las leyes de jubilaciones de 1884 y 1886 ampliaron las posibilidades de retiro, pero no siempre reconocieron todas las trayectorias laborales. A veces, porque habían combinado o alternado entre diferentes ocupaciones. En otros casos, porque habían enseñado en casas particulares o en territorios que cambiaron de jurisdicción. Cuando consideraron que la legislación no contemplaba el valor de los trabajos que habían hecho, escribieron peticiones alentando interpretaciones elásticas de lo dispuesto. En su mayoría se trataba de mujeres mayores, solteras o viudas, residentes en Buenos Aires, tal vez porque las maestras eran mayoría en la docencia porteña, que era la que tenía más posibilidades de acercarse al Congreso y al Consejo. En un contexto en que el Consejo Nacional de Educación no tenía el monopolio sobre el otorgamiento de pensiones de retiro, el Congreso Nacional fue otro lugar de demanda que tal vez posibilitó usos más flexibles de la Ley 1909 de jubilaciones docentes. A diferencia de muchas mujeres que en otros tiempos habían solicitado pensiones graciables en base a trabajos hechos por familiares hombres, en este caso lo hacían amparándose en el valor de sus propios esfuerzos. Algunos de sus escritos fueron presentados colectivamente y otros a título personal, aunque su elaboración posiblemente fuera menos individual de lo que la firma sugiere. A la vez, como aporte a otros estudios sobre peticiones también se muestra que la sala de espera del Parlamento posiblemente funcionó como un espacio de intercambio de información, de apoyo mutuo y de presión a los legisladores para quienes esperaban el tratamiento favorable de sus peticiones por pensiones.

El artículo también indaga los pasos que siguieron las y los maestros para presentar estas peticiones. Estos debieron crear, juntar y guardar documentación dispersa, usando en su favor los vínculos —asimétricos— que habían generado en el ejercicio de sus funciones. Ser docente, y más aún para quienes llegaban a cargos directivos, no era equivalente a cualquier tipo de trabajo. Por su prestigio e inserción en el entramado estatal, muchos maestros y muchas maestras conocieron autoridades educativas y gubernamentales, a quienes acudieron. A través de múltiples desplazamientos y del envío de cartas, solicitaron a estos hombres que certificaran sus servicios, dado que el flamante Consejo Nacional de Educación no contaba con esa información. Incluso, hubo quienes se presentaron en las casas de los legisladores y hasta consiguieron que fueran ellos quienes llevaran las peticiones a las cámaras. Aun así, otros maestros y maestras manifestaron vivir lejos o no tener contacto con «personas influyentes». En este sentido, el trabajo muestra que no todas las personas tuvieron las mismas posibilidades de peticionar ni fueron consideradas de la misma forma por parte de los parlamentarios. En ese sentido, el artículo incorpora al estudio de las peticiones una serie de relaciones sociales desiguales que se entramaron en las posibilidades de demandar este derecho.

 En su conjunto, por su reiterada presencia en el Congreso y el Consejo, por sus largas gestiones, argumentaciones, intervenciones y su capacidad para conseguir retiros más allá de lo estipulado, los y, sobre todo, las maestras contribuyeron a moldear los sentidos que tenían las jubilaciones y a confrontar los criterios que tendían a limitar su otorgamiento.

 

 

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