Para citación: Erijman, P. (2024). Un mundo de peticiones. Maestras ante el Consejo Nacional de Educación y el Parlamento argentino, 1886-1904. del prudente Saber y el máximo posible de Sabor, (20), pp. 01- . DOI: 10.33255/26184141/2026e0048
Un mundo de peticiones. Maestras ante el Consejo Nacional de Educación y el Parlamento. 1886-1904
A World of Petitions. Women Teachers before the National Board of Education and Parliament. 1886-1904
Paula Erijman | Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Universidad Nacional de Buenos Aires. Argentina
ORCID: 0009-0009-6077-0246
Recepción: 25/6/24. Aceptación: 1/8/24. Publicación:
12/2024
Resumen
Este
trabajo estudia las peticiones que algunas maestras de instrucción primaria
presentaron ante el Congreso Nacional y el Consejo Nacional de Educación para
obtener jubilaciones, pensiones y aumentos de haberes, entre 1886 y 1904. A
partir de su análisis la investigación busca poner de relieve el peso político
de esta manera de demandar. Las peticiones iluminan una serie de reclamos
laborales que no se plasmaron necesariamente en huelgas o conflictos de gran
resonancia, pero que revelan otros modos y espacios para defender lo que se
creía justo, así como un repertorio de acciones posibles en un tiempo y un
lugar. En este artículo se explora cómo aquellas estuvieron acompañadas de
distintos ámbitos de intercambio de información, de acompañamiento mutuo entre
peticionantes y de presión dentro del Parlamento.
Además,
se examina cómo estas solicitudes contribuyeron a flexibilizar los márgenes de
la legislación vigente y los modos de gestionar estos retiros. Se estudia cómo
las maestras pusieron en juego los vínculos generados durante sus años de
docencia con funcionarios y legisladores y de qué modo hicieron las
presentaciones de sus peticiones ante el Congreso y el Consejo Nacional de
Educación. Además, se observa cómo crearon, reunieron y preservaron papeles
para certificar sus años de servicios y otra información laboral.
La
pesquisa combina el análisis de estas peticiones con diferentes corpus
documentales, tales como registros nacionales de leyes y decretos, diarios de
sesiones del Congreso, informes del área educativa y censos. Con las
herramientas metodológicas de la historia social con perspectiva de género,
busca arrojar luz sobre la relación entre las trayectorias laborales de las
maestras y la obtención de jubilaciones y pensiones. Gracias a sus peticiones
estas mujeres ayudaron a definir las jubilaciones en un sentido más amplio que
el que había establecido la legislación y que el que defendieron algunos
funcionarios.
Palabras
clave: peticiones,
maestras, jubilaciones
Abstract
This work
examines the petitions submitted by some primary education teachers to the
National Congress and the National Council of Education in order to obtain
retirements, pensions, and allowances increases, between 1886 and 1904. Through
their analysis, this research seeks to highlight the political significance of
this way of demanding. These requests shed light on a series of labor demands
that did not necessarily turned into strikes or highly publicized conflicts but
revealed other ways and spaces to defend what was believed to be just, as well
as a repertoire of possible actions within a specific time and place.
This
article explores how these requests were accompanied by various information
exchange gatherings, mutual support among petitioners and pressure within
Parliament. Additionally, it examines how these requests contributed to make
more flexible the margins of existing legislation and the management of these
retirements. It studies how teachers leveraged relationships developed during
their years in teaching with officials and legislators, as well as their ways
of making presentations before Congress and the National Council of Education.
Furthermore, it observes how they created, gathered and preserved documents
which certified their years of service and other work-related information.
The study integrates an analysis of these requests with various documentary sources such as national records of laws and decrees, congressional session records, educational reports, national and municipal censuses. Using methodological tools from social history with a gender perspective, it aims at illuminating the relationship between women teachers' career paths and the acquisition of retirement pensions. Through their petitions, these women played a significant role in redefining retirement, expanding its scope beyond what had been established by legislation or advocated by certain officials.
Keywords: petitions, teachers, retirements
Introducción
Nicomedes Echauri trabajó como ayudante y subpreceptora en
distintas escuelas de la ciudad de Buenos Aires hasta 1888, cuando obtuvo una
pensión de retiro igual a la mitad de su sueldo (República Argentina, 1889, p. 278).1
Este era el porcentaje que le correspondía según la ley de jubilaciones
docentes sancionada dos años antes. Probablemente, la mengua en sus ingresos
fuera difícil de afrontar, especialmente en el contexto inflacionario de esa
época (Poy, 2014, p. 46). Así, un año después de obtener su jubilación, Echauri
se presentó en el Congreso Nacional con una petición para solicitar un
incremento en sus haberes. Esta maestra se valió de su conocimiento sobre la
facultad de las cámaras para tratar pensiones en función del artículo 17 del
capítulo IV de la Constitución de 1853. En su
nota, argumentó que los ingresos de los maestros habían sido elevados en una
buena proporción mientras que los de los retirados habían quedado «con la misma
pequeña asignación», que resultaba «escesivamente [sic.] ínfima si se tiene en
cuenta la carestía de la vida» (Echauri, 1889).
Los diputados discutieron el pedido de Nicomedes en 1890
junto con el de otras maestras y en todos los casos objetaron que ellas habían
sido jubiladas por el Congreso y no por la ley jubilatoria. El diputado
autonomista Salvador Maciá dijo que sus retiros eran «como una gracia que se
les ha hecho; y después de esto todavía ocurren pidiendo aumento! Es un
proceder demasiado incorrecto» (Congreso
Nacional, 1891, p. 237). Si bien algunas de las maestras habían
tramitado su retiro a través del Consejo Nacional de Educación, tal como
disponía el marco legal, las demandas de las educacionistas fueron archivadas.
Ese mismo año Nicomedes falleció y su madre, que clamaba haber quedado «en la
más completa indigencia» a partir de su muerte, consiguió el traspaso de la
pensión que cobraba su hija, a pesar de que según la legislación vigente no era
transferible (Echauri, 1890). El caso de
estas mujeres resulta útil para ilustrar las disputas y las idas y vueltas alrededor
de las jubilaciones docentes y los modos en que maestras, maestros y sus
familiares intentaron flexibilizar a su favor la ley de retiro vigente. El
hecho de que hubieran conseguido sus pensiones acudiendo al Parlamento y de que
pidieran aumentos o traspasos, excedía los márgenes de esta norma. De este
modo, aunque la ley estipuló qué era una jubilación, a quiénes les
correspondía, cómo debía solicitarse y cuáles eran los montos por percibir, su
uso fue objeto de negociaciones permanentes.
Este trabajo explora una selección de diez peticiones
presentadas por docentes de instrucción primaria de un conjunto de más de
doscientas. Los objetivos de estas misivas eran conseguir pensiones de retiro,
pensiones graciables y aumentos de haberes, una vez sancionada la ley 1909 de
1886. A veces, estas se firmaron de forma colectiva y, otras, de manera
particular. En las siguientes páginas se revela cómo en ambos casos formaron
parte de formas y experiencias compartidas y colectivas de demanda. En su
mayoría, estas peticiones fueron enviadas por mujeres mayores, viudas o
solteras, que por su trabajo portaban un capital sociocultural y relacional
singular. Estas mujeres no necesitaron el marco formal de la ciudadanía
política para reclamar y para adentrarse en el Parlamento. A pesar de no poder
votar ni formar parte del poder legislativo, estas maestras disputaron el
derecho a la jubilación tanto en el Congreso Nacional como en el Consejo
Nacional de Educación. Por lo tanto, su acceso no se limitó simplemente a la letra
de la ley, sino que, a través de estas peticiones, contribuyeron tanto a crear
sentidos en torno al retiro como a ampliar sus márgenes.
La historiografía ha pensado en las luchas docentes y sus
modos de conquistar derechos como parte de las organizaciones gremiales, donde
la batalla de ideas se plasmaba en los periódicos, y en la consecución de
huelgas y conflictos destacados. El acto de peticionar no ha concitado gran
atención, a pesar de su asiduidad (H. Miller, 2017; H. J. Miller, 2023) y de la
multiplicidad de usos que tuvo. Sin embargo, esta investigación pone de relieve
el peso político de las peticiones. Acompaña así un novedoso y creciente
interés que estas han despertado entre especialistas por volver al pasado para
preguntar por las distintas formas que asumió la participación política
popular. Este artículo se nutre de los interrogantes y formas de concebir las
peticiones que el historiador Henry Miller ha hecho para el caso del Reino
Unido entre los años 1780 y 1918. En su trabajo ha descrito cómo aquellas
fueron uno de los modos principales a partir de los cuales amplios sectores de
la población interactuaron con la política y buscaron hacer oír su voz. En un
período en el que pocos hombres y ninguna mujer podía votar, este instrumento
fue el vehículo para una poderosa presión popular, sirvió como base para otras
formas de actividad política, como las reuniones públicas y las asociaciones, y
permitió que un conjunto amplio y heterogéneo de individuos humildes buscaran
reparaciones. En Argentina, en los últimos años se han publicado distintas
investigaciones que dan cuenta de la relevancia que estas tuvieron entre
mediados del siglo XIX y del siglo XX.
Se analizó cómo jugaron un rol en la demanda de derechos, en la ampliación de
los márgenes de la asistencia pública y en la influencia que trabajadores,
trabajadoras, asociaciones de la sociedad civil e instituciones podían tener
sobre los procesos de deliberación y toma de decisión de los legisladores en el
Parlamento (Afarian & Pasarín, 2020a, 2020b; Castro, 2021; Garcilazo, 2014;
Pita, 2018, 2020; Portelli, 2021, 2022; Vita, 2022). La historiografía que
abordó las peticiones en el continente americano también mostró cómo estas
sirvieron como medio de interlocución con los poderes públicos durante el
período colonial y posrevolucionario (Di Meglio et al., 2019; Durston et al.,
2013; Paz, 2013; Pazos, 2022; Rebagliati, 2017; Silva, 2012; Terán Fuentes
& Pérez Navarro, 2019). Ciertamente, los maestros y las maestras no fueron
una excepción e hicieron uso de esta herramienta de largo arraigo. El análisis
de sus peticiones permite interrogar una serie de demandas laborales que no se
plasmaron necesariamente en huelgas o conflictos de gran resonancia, pero que
revelan otros modos y espacios para defender lo que se creía justo, así como un
repertorio de estrategias posibles en un tiempo y un lugar. Por ello, en este
artículo se estudia cómo aquellas estuvieron acompañadas de distintos espacios
de intercambio de información, de acompañamiento mutuo entre peticionantes y de
presión dentro del Parlamento.
Por otra parte, las peticiones por jubilaciones en Argentina
también revelan que los pedidos particulares hechos al Parlamento fueron menos
individuales de lo que se ha sostenido. Los numerosos maestros y, especialmente,
maestras que participaron en el proceso muchas veces conocían lo que sucedía
con las pensiones de otros educacionistas. Además, la uniformidad en los modos
de hacer las solicitudes remite a experiencias y conocimientos compartidos,
independientemente del resultado de cada gestión particular. Por lo tanto, es
probable que la elección de presentarse de manera individual estuviera más
relacionada con una estrategia para mostrar desamparo o con la necesidad
circunstancial de solicitar la jubilación en ese momento, que con una verdadera
acción solitaria.
Asimismo, los manuscritos permiten conocer un conjunto de
trayectorias y demandas laborales poco exploradas y sirven como una
aproximación hacia las miradas de unas trabajadoras, a veces ancianas, sobre
sus pasadas condiciones de trabajo y presentes condiciones de vida. Ello
resulta particularmente relevante en un contexto en que los especialistas
hablan de una escasez de evidencias históricas para estudiar a las personas
mayores (Otero, 2020, p. 12).
El trabajo se nutre de un grupo de estudios insertos en el
campo de la historia social con perspectiva de género y de la «microhistoria en
movimiento» que se preguntaron por los modos en que las y los trabajadores
pensaron y vivieron el derecho en sus vidas cotidianas (Andújar et al., 2016; Pita, 2020; Scott & Hébrard, 2015).
Estas investigaciones ponderaron la capacidad de agencia de las personas del
común, haciéndolas partícipes de la esfera pública a través de su reapropiación
de lo legal. En algunos casos, pusieron la lupa sobre unos modos de disputar
derechos a habitar, trabajar y descansar que no se producían en espacios más
estudiados como los tribunales. Asimismo, el enfoque de la microhistoria en
movimiento resulta útil para revelar dinámicas de unas trayectorias itinerantes
que a veces se tornan invisibles a la lente de una ciudad o de un trabajo
cuantitativo con la documentación.
La indagación abarca el período que va desde 1884 —cuando se sancionó la Ley N.° 1420, que sirvió
como fundamento para los pedidos de retiro ante el Consejo Nacional de
Educación y el Congreso— hasta 1904 —cuando se sancionó una ley que modificó lo
dispuesto por las leyes de 1884 y 1886—. El
estudio comienza analizando cómo unas maestras utilizaron el marco legal
vigente de un modo flexible, para conseguir unos arreglos jubilatorios que las
beneficiaran. Luego se rastrean los recorridos realizados por algunas de ellas
para hacer las solicitudes, buscando dar cuenta de cuáles eran los vínculos,
las gestiones y los espacios que estaban involucrados en la presentación de una
petición. A lo largo del trabajo, se cuestiona el carácter individual y aislado
de las demandas y, en el último apartado, también se analizan las
particularidades de las solicitudes enviadas colectivamente. La investigación
toma un conjunto de peticiones y las contrasta con variadas fuentes, entre las
que se encuentran los diarios de sesiones del Congreso y del Consejo Nacional
de Educación, registros, informes, memorias, censos y revistas.
El carácter elástico de la
legislación
En 1884 se sancionó la Ley N.° 1420, que en su artículo 31
estipuló el otorgamiento de una pensión vitalicia igual a la mitad del sueldo
para «los preceptores y subpreceptores que después de diez años de servicios
consecutivos se viesen en la imposibilidad de continuar ejerciendo sus
funciones por enfermedad», de tres cuartas partes de su sueldo para quienes
hubieran alcanzado los quince años y con sueldo íntegro para «el preceptor ó
subpreceptor que, pasando los veinte años, quisiese retirarse por cualquier
causa» (Consejo
Nacional de Educación, 1885, p. 840). Dos años después se
sancionó otra ley que reglamentó y amplió lo referido a las jubilaciones
docentes. Como la anterior, esta que llevó el número de 1909, regía para la
capital, las colonias y los territorios nacionales. No obstante, quienes habían
trabajado en escuelas muchas veces no cumplían con las condiciones necesarias
para acceder a un retiro o para hacerlo con un monto correspondiente al sueldo
íntegro. En 1894, en el marco de una discusión parlamentaria para reglamentar
la facultad del Congreso para otorgar pensiones, el diputado de la Unión Cívica
Nacional Antonio Bermejo se lamentó de que esta atribución fuera interpretada
en un sentido demasiado «elástico» (Congreso
Nacional, 31/10/1894, p. 383). A
continuación, se estudia cómo unas maestras propiciaron estos modos elásticos
de interpretar el marco legal jubilatorio.
Florencia Perez nació en Buenos Aires en 1848. Su padre,
José Perez, había llegado a Argentina desde Valencia, España, cerca de 1801. En
1855, el censo de la Ciudad de Buenos Aires registró a Florencia viviendo junto
a José, de 80 años y viudo, y a sus hermanas mayores, Antonia y Juana, que
fueron consignadas como costureras (Censo de Población de Buenos Aires, 1855,
Parroquia de Barracas al Norte, FHL microfilm
1,154,374). Los cuatro vivían en una casa de paja que estaba ubicada sobre la
calle Larga, la avenida principal de Barracas al Norte —hoy
Barracas— (Cutolo, 1998, p. 95). En los
alrededores había chacras, terrenos baldíos y casas quintas que las familias de
la élite porteña habían construido desde las primeras décadas del siglo XIX (Cerezo, 1935, p. 21). Además, había saladeros y
graserías y en la parte noroeste de Barracas funcionaban los Mataderos del Sur.
El riachuelo, que en verano se teñía de rojo con las matanzas de los animales,
separaba a Barracas al Norte de Barracas al Sur, actual Avellaneda.
En los años que siguieron al censo de 1855 —o tal vez mientras trabajaba como costurera— la hermana mayor de Florencia comenzó a dar
clases particulares en su casa a cambio de un pago mensual. En esos años,
algunas escuelas públicas y privadas para niñas tenían la materia Labores, en
la que se enseñaban nociones básicas de costura, corte y confección, tejido y
bordado a mano (Mitidieri, 2021, p. 114). Estas asignaturas solían ocupar más
tiempo que otras que también se dictaban en las escuelas de niños, como
doctrina cristiana, lectura, escritura y aritmética (Rodríguez, 2021, p. 3).
Posiblemente los saberes adquiridos en los años de trabajo con la aguja
ayudaran a Juana Perez a dictar algunas de las clases. En 1866, la maestra
solicitó al Departamento General de Escuelas el reconocimiento oficial como
escuela y gracias a ello fue nombrada directora de un establecimiento que
«ocupaba» en la casa perteneciente a la señora Miguens de Montes de Oca
(Cerezo, 1935, p. 21). El 5 de noviembre de 1866 el establecimiento abrió sus
puertas y empezó a gozar de una subvención del Superior Gobierno de la
Provincia de Buenos Aires. Se llamaban escuelas subvencionadas a «las
particulares convenientemente ubicadas que, á falta de las comunes, costeadas
por el estado, reciben un auxilio del tesoro público con la obligación de
educar gratuitamente un número de niños pobres» (DE,
Memoria, 1874, p. 19). Así, las iniciativas
particulares recibían un monto de dinero y quedaban sujetas a algunas
inspecciones e intervenciones que permitieran controlar la marcha de la
enseñanza.
En el primer censo nacional de la era republicana, Florencia,
que tenía casi 22 años, figuró como costurera (Argentina, censo nacional, 1869,
Distrito Federal, FHL microfilm 677,650). Ya no vivía
junto a su padre, que probablemente había fallecido, pero sí permanecía en
Barracas al Norte junto a Antonia y Juana, esta última anotada como preceptora.
Unos años después del censo, en julio de 1872, se nombró a Florencia como
preceptora en la misma escuela en la que trabajaba Juana, entonces declarada
como pública (DE, Memoria,
1874, p. 212). Según un informe de 1873, la Sta. Perez había solicitado esta
transformación junto a «numerosos y respetables vecinos de Santa Lucía» desde
el año 1866, cuando se acordó la subvención (DE,
Memoria, 1874, p. 287).
Florencia Perez obtuvo una jubilación en 1888, a sus 40
años. A diferencia de Juana, que se jubiló el mismo año habiendo cumplido más
de los 20 años de servicios al frente de una escuela formalmente reconocida, la
hermana menor alcanzó apenas 16. Ese número era suficiente para obtener una
pensión de tres cuartos del salario como maestra, pero ella consiguió un retiro
con el sueldo íntegro (Varios maestros jubilados, solicitan aumento de la
asignación que perciben, 1909). El decreto que estipuló su jubilación indicaría
que estaa fue gestionada a través del Consejo Nacional de Educación2. Su caso permite entrever las posibilidades de torcer
la legislación de aquellas que tuvieron distintas ocupaciones o que por
distintas razones no alcanzaron los años requeridos para el retiro que
solicitaban.
No fue posible consultar expedientes de maestras que
estuvieran en situaciones similares a la de Florencia y que hubieran gestionado
su retiro a través del Consejo Nacional de Educación, pero hay algunos pedidos
hechos al Congreso que contribuyen a pensar en los argumentos esgrimidos para
bregar por la flexibilización de la legislación. Una de las razones más comunes
era la pobreza y la falta de recursos entre quienes habían ejercido la
docencia. También era frecuente la apelación a la valía de los servicios que se
habían realizado. En 1889, Lucía Aïn de Torrejón obtuvo la jubilación de más de
tres cuartos de su sueldo a través del Congreso a pesar de haber cumplido 16
años de servicios. Esta maestra se había diplomado en Francia, había enseñado
francés en escuelas graduadas de Buenos Aires y había sido maestra principal en
la escuela de Aplicación de la Escuela Normal de Maestros de la Provincia de
Buenos Aires. Además, en su haber constaba la publicación de un libro sobre
economía doméstica junto con su esposo Cipriano (Torrejón et al., 1887, p. 3) y
en 1888 su nombramiento electo a la vicepresidenta de la Asociación de Maestros
(Asociación de Maestros, 1888, p. 218). El monto particular de su jubilación se
debió a que se la consideró como una maestra «altamente meritoria», que había servido
«en la época embrionaria de las escuelas normales» y que había contribuido «a
establecer estas escuelas a la altura en que se hallan» (Congreso Nacional, 19/08/1889, p. 410). También se tomó en cuenta que
su marido difunto había prestado «muchos servicios, que es justo tener en
cuenta para apreciar los de esta señora» (Congreso Nacional, 19/08/1889,
p. 410). Estos casos muestran que era posible conseguir arreglos de retiro
particulares y tanto el destacado mérito personal como el de un marido maestro podían
ser argumentos para otorgar pensiones de retiro por fuera de lo establecido.
Distinta fue la situación de Dionisia Barragán, que no
alcanzó ni siquiera los 10 años estipulados para obtener la jubilación con el
porcentaje más bajo del sueldo. Esta mujer había nacido en 1845 en la parroquia
Nuestra Señora de Montserrat (Registros parroquiales, 1845, Nuestra Señora de
Montserrat, img. 435). Tenía 5 hermanas, de las cuales al menos dos fueron
maestras (Censo de Población de Buenos Aires, 1855, Parroquia de San Nicolás,
cuartel N.° 10, manzana N.° 16, img. 242). Adela, la mayor, tenía una escuela
de ambos sexos subvencionada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Según la foja de servicios que guardaba el archivo parlamentario, Dionisia
había sido nombrada preceptora del Consejo Escolar N.º 12 en 1870 y había
continuado sus labores hasta fines del año 1877. Tal vez trabajó en la escuela
de su hermana o llegó a la enseñanza con su ayuda. En cualquier caso, en 1897
se dirigió junto a ella al Congreso Nacional pidiendo pensión de retiro, pero
la solicitud fue rechazada. Probablemente la negativa se basara en dos
elementos que contrariaban lo establecido en la Ley N.° 1909: por un lado, que
había cesado sus funciones antes de 1884 y, por el otro, que había trabajado
solamente siete años como maestra. Algunos años más tarde, en 1902, finalmente
obtuvo una pensión graciable y posteriormente también algunos aumentos y
prórrogas. Lo distintivo de estos pedidos es que se fundamentaron en la valía
de sus esfuerzos propios. Cuando Dionisia pidió la prórroga de su pensión en
1927 no solo informó que estaba soltera, enferma y anciana, sino que además
enfatizó que había desempeñado el cargo de preceptora «a pesar de la epidemia
de fiebre amarilla conocida por todos» (Barragán, 1927). De este modo, en lugar
de acentuar la cantidad de años de servicios frente al aula, intentó traer a su
favor el sacrificio realizado en el marco de un acontecimiento que años después
podía seguir resonando como parte de un tiempo pasado repleto de dificultades.
La historia en papel de Dionisia también es útil para pensar cómo circulaba la
información sobre las peticiones otorgadas. En su pedido de 1927 suplicaría que
la prórroga que había ganado se convierta en vitalicia «como las demás de mi
época y de iguales servicios» (Barragán, 1927). Al momento de escribir las
peticiones, las maestras no estaban aisladas. Como Dionisia, otras enviaron
cartas junto a sus hermanas o con compañeras de trabajo. Pero además, entre
ellas circularon informaciones sobre los procedimientos, los tonos que debían
portar las notas y a donde recurrir, develando conexiones y redes entre ellas
que las fortalecerían a la hora de demandar.
La legislación jubilatoria resultaría problemática para
quienes, como Sofía Quellet de Fromont, habían trabajado en lugares que habían
modificado su jurisdicción. Esta mujer había llegado a Esperanza, Santa Fe, en
1858 desde Suiza. Tenía 25 años cuando inmigró junto con su hermana Enriqueta,
su hermano Enrique y otros tres hombres (Gori, 1974, p. 43). Su arribo fue
producto de un contrato firmado por el gobierno de Santa Fe con una sociedad de
colonos (Gori, 1974, p. 6). El plan era traer doscientos grupos de cinco
adultos provenientes de Europa que pudieran trabajar la tierra. Estas personas
se convertirían en propietarias luego de pasar cinco años cediendo un tercio de
la cosecha a Castellanos, aunque luego de un pleito del gobierno con la
sociedad de colonos pasaron a cumplir sus compromisos pagando esta cuota al
primero.
A diferencia de su hermano, que se convirtió en molinero,
Sofía trabajó enseñando en Esperanza, aunque no puede descartarse que también
labrara la tierra (Argentina, censo nacional, 1869, sección de la margen
derecha del Río Salado, Esperanza, img. 93). Considerando que la familia
Froment fue otra de las concesionarias, posiblemente fuera allí donde Quellet
conoció a Carlos Fromont, que se convirtió en su esposo (Gori, 1974, p. 42). La
pareja vivió en La Plata y luego se radicó en San Martín, provincia de Buenos Aires
(Bacchiega, Bertoni y Maza, 2003, p. 12). En octubre de 1885 Sofía se jubiló. A
pesar de haber dedicado más de 25 años a la enseñanza pública, no pudo acceder
a una pensión con sueldo íntegro, sino que redujo sus ingresos a poco más que
la mitad (DNE, Censo,
1894, p. 417). Ello se debió a que no le fueron reconocidos los tres años «al
servicio de la Confederación ni tres que sirvió a la provincia de Santa Fe,
dirigiendo una escuela en la Ciudad de Esperanza» (De Fromont, 1909). Según
manifestó en un escrito en 1909, ni siquiera se consideró que esas habían sido
«las peores épocas que ha pasado el magisterio argentino, no solo por la
extrema exigüidad de los sueldos, el número siempre excesivo de educandos, sino
también por la irregularidad de los pagos» (De Fromont, 1909). Posiblemente
había vivido desde 1858 hasta 1864 en el mismo lugar, que había sido parte de
la Confederación Argentina hasta la batalla de Pavón, en 1861, y luego
territorio de la Provincia de Santa Fe. Las autoridades educativas no tomaron
en cuenta los años trabajados en aquella región. La historia de Sofía expone
una cierta arbitrariedad en la estipulación del monto de las pensiones, por la
cual el sacrificio podía ser motivo de aumento en algunos casos y no en otros.
Obtener una jubilación también podía implicar obstáculos
para quienes habían sufrido lesiones. En el año 1900 un conjunto de docentes se
reunió para hacer una petición al Consejo Nacional para el maestro de
instrucción primaria Emilio R. Olivé. Este señor había perdido «el uso de sus
piernas, pero no por ello desertó de su puesto de labor. Sentado en un pequeño
carro dictaba sus lecciones [...], despertando la admiración de sus compañeros
por su indomable energía» (Caras y Caretas, 1900, p.
20). Este acto, que era presentado por la revista Caras y Caretas como heroico,
tal vez se debiera a las dificultades de conseguir un retiro por los propios
medios. Lo llamativo de este caso es que, según la revista, fueron sus
compañeros quienes se reunieron para requerir una jubilación (Caras y Caretas, 1900), mientras que en las actas de las
sesiones del Consejo figura como que fue el maestro quién acudió (Consejo Nacional de
Educación, 1900, p. 566). Esto permite suponer que
pudo haber otros casos similares que aparecen como presentaciones individuales,
pero que tal vez implicaron la movilización de un conjunto de personas.
También hubo solicitudes explícitamente colectivas, como la
que reunió a doce maestras en 1897 por un aumento jubilatorio (Varias maestras
jubiladas, 1897). En el escrito afirmaron que desde el momento en que habían
obtenido sus pensiones —entre 1886 y 1887— se había duplicado o triplicado el precio de los
alquileres y de los artículos de primera necesidad. En efecto, durante los
mandatos de Miguel Juárez Celman (1886- 1990), de Carlos Pellegrini
(1890-1892), de Luis Sáenz Peña (1892-1895) y durante parte del mandato de José
Evaristo Uriburu los precios aumentaron de manera sostenida
(Iñigo Carrera, 2007, p.
186). Si bien en 1897 se reanudó el endeudamiento externo y
aumentaron los ingresos por un aumento en el valor de los productos exportables (Poy, 2014, p. 46), tales cambios no se plasmaron en las condiciones de vida de
las jubiladas. Las maestras exponían como una injusticia que hubiesen sido
aumentados en diversas ocasiones los haberes del personal docente de la capital
mientras que ellas seguían gozando del mismo «exiguo sueldo asignado entonces».
(Varias maestras jubiladas, 1897). Decían:
Muchas
de nosotras, ancianas ya, sin vista, faltas de salud y fuerzas para procurarnos
una ayuda de estas, por medio del trabajo personal, nos hallamos reducidas á
pasar los últimos años de la vida en una pieza alquilada careciendo de los
recursos mas indispensables para la subsistencia, y con la perspectiva de un
lecho en un hospital, en caso de enfermedad crónica, por carecer de los medios
para pagar médico, asistencia, botica, etc.
(Varias maestras jubiladas, 1897)
Se trataba de maestras de entre 45 y 74 años, solteras y
viudas, salvo una que estaba casada, pero que según el censo de 1869 no vivía
junto a su marido. Sus orígenes sociales eran diversos. Una de las maestras,
Hermenegilda Usá de Senra, figuró como socia de la Asociación de Maestros en
1885, pero no es posible saber si continuaba formando parte de este gremio y si
la organización de esta presentación colectiva se produjo en dicho marco. En
cualquier caso, la solicitud ilustra otra de las vías para reclamar un aumento
y un modo de organización entre maestras que pudo o no producirse a través de
una asociación gremial. En general estas demandas no se hicieron de modo
confrontativo, pero eso no necesariamente limitó su efectividad.
Las peticiones elevadas habilitan una serie de
observaciones. En primer lugar, a diferencia de muchas de las cartas enviadas
por familiares de militares y empleados públicos para conseguir pensiones
graciables, en el caso de maestras y maestros la letra de las firmas en algunos
casos parece corresponderse con la del resto del texto. Esto invita a suponer
que el magisterio no siempre contó con intermediarios para presentar las
misivas, o que al menos no acudió a ellos en la misma medida. Es decir, algunas
veces posiblemente recurrieran a intermediarios o «encargados», dedicados a
redactar estas solicitudes, individuos que tal vez elaboraran cartas similares
para diversos peticionantes y que dejaran su impronta en el modo de demandar (Miscelánea, 1894, p. 169), pero en otros casos probablemente fueran
las maestras y los maestros mismos quienes escribieran las peticiones. Así, la
similitud entre los diferentes escritos, en su estructura y sus argumentos, en
su lenguaje persuasivo, personal y a menudo emotivo, permite entrever una narrativa
común, que no expresa únicamente la presencia de la pluma de los
intermediarios, sino que está basada en experiencias compartidas, en formas
propias de la época y en los espacios o instancias de transmisión de estos
saberes de gestión entre educacionistas. Además, numerosas peticiones hacían
alusiones a los distintos arreglos jubilatorios conseguidos por otros y otras,
lo que indicaría que ni las gestiones o solicitudes y las negociaciones que
implicaban no eran asuntos individuales o solitarios, aunque fuesen suscriptas
por una persona.
Asimismo, en el transcurso de la investigación la mayor
parte de las peticiones halladas fueron enviadas por docentes mujeres. Es
notoria también la mayor proporción de aquellas que eran residentes en la
capital y en Buenos Aires, más allá de las escuelas distantes en las que
pudieron haber trabajado. Esto podría responder a la predominancia femenina en
las filas del magisterio de esta zona. Según los registros oficiales en la
capital había 740 docentes en 1886, de los cuales 526 eran mujeres (Zorrilla,
1887, p. CXLVI); y entre 52 educacionistas que
tenían 15 o más años de servicios, 35 eran maestras. El hecho de que la mayoría
de quienes peticionaron fueran personas residentes en Buenos Aires invita a
reflexionar en torno al carácter descentralizado de las políticas jubilatorias
pero también alude a las dificultades que pudieron tener quienes no vivían
cerca del Congreso o del Consejo Nacional de Educación para demandar
jubilaciones, aspecto que se profundizará en el siguiente apartado.
En suma, hubo maestros y, sobre todo, maestras que
peticionaron y que habrían compartido experiencias y estrategias sobre cómo
sortear los aspectos más restrictivos de la legislación para conseguir arreglos
jubilatorios «elásticos». De modos creativos fueron construyendo unos
significados sociales en torno a lo que debía ser el retiro docente. En una
diversidad de oportunidades relataron que se hallaban en situaciones de pobreza
y de vejez, reforzando la idea de sus méritos y servicios ofrecidos al país en
momentos políticos difíciles, en los albores de la organización institucional
escolar, en condiciones de trabajo precarias y repletas de dificultades,
planteando que por lo tanto era justo recibieran aumentos, al igual que quienes
seguían en funciones.
La práctica de peticionar:
trayectorias por retiros y modos de ejercer presión
Para quienes buscaban una jubilación docente no era una
tarea sencilla probar que cumplían con todos los requisitos que fijaba la ley.
Estas maestras y maestros habían ejercido en un período signado por conflictos
políticos y en que muchas escuelas habían cambiado de jurisdicción municipal o
provincial a nacional. A veces habían trabajado en distintas provincias y
países. La documentación que registraba sus años de docencia no estaba reunida
en un único lugar ni era fácilmente asequible. En sus comienzos, el Consejo
Nacional de Educación tampoco concentraba dicha información. Además, los
maestros y maestras en ocasiones vivían lejos de los espacios donde debían
realizar las gestiones necesarias. A continuación, se examinan algunos casos
que permiten imaginar sus trayectorias para reunir papeles y peticionar.
Según
la Ley N.° 1909 de 1886, el derecho a pensión debía justificarse adjuntando la
partida de bautismo y la foja de servicios prestados en la enseñanza, expedida
por la autoridad competente, entre otros documentos. Se aclaraba que a falta de
fojas de servicios se debía presentar el nombramiento instruido por quien
corresponda o publicado en algún periódico de la época respectiva. La
continuidad de las tareas debía comprobarse «con documentos expedidos por
personas o autoridades que hubiesen estado al frente de la instrucción primaria
en Capital o colonias» (Congreso
Nacional, 10/11/1886, p. 607). Para tener tiempo de procurarse todos
estos papeles algunos maestros consiguieron licencias, aunque ese beneficio no
fue generalizado (Consejo
Nacional de Educación, 1897, p. 367).
En 1885 Catalina Loyola inició las gestiones para obtener su
jubilación. Según declaró en el censo de 1895, cuando tenía cerca de 50 años,
no era propietaria ni se había casado (Argentina, censo nacional, 1895, sección
16, subdivisión 23, Ciudad de Buenos Aires). Había ejercido 23 años como
maestra, primero en el Colegio de Niñas Huérfanas de la Ciudad de Buenos Aires,
donde había vivido y sido pupila, y luego en distintos establecimientos de la
misma ciudad, hasta que dejó su puesto por una afección cerebral (De Loyola,
1910, p. 31).
El 4 julio de 1885 envió una carta al Consejo Nacional de
Educación para que le certificaran que había trabajado desde la instalación del
Consejo hasta el 27 de enero de 1883. El 6 de julio escribió al Consejo de
Educación de la Provincia de Buenos Aires en busca de una constancia de
servicios que diera cuenta de su labor en la escuela auxiliar de Monserrat
desde 1863 hasta 1881, año en que las escuelas públicas de la provincia pasaron
a ser dependientes de la nación. Esa información le llegó al inspector Enrique
M. de Santa Olalla, que varios meses más adelante hizo un informe dirigido a un
«Sr. Secretario». Teniendo en cuenta que según el artículo 18 de la ley
jubilatoria el Consejo debía formular una opinión informada para remitir al
Ministerio de Instrucción Pública, tal vez él fuera el encargado de realizar
esta tarea. De todos modos, el informe demoró varios meses y las cartas
posteriores enviadas por Catalina permiten suponer que tuvo que reunir más
documentación a pedido de este funcionario.
Primero consiguió una constancia escrita por «vecinos
antiguos del pueblo del Carmen» —ubicado en Carmelo, actual Uruguay—
afirmando que en 1842 había nacido y sido bautizada en la iglesia parroquial de
aquella villa (De Loyola, 1910, p. 8). Luego envió una carta a la Sociedad de
Beneficencia de la Capital para pedir una certificación de servicios de sus
años al frente de escuelas dependientes de esta institución. Gracias a un papel
firmado por la presidenta de esta sociedad, pudo comprobar sus labores entre
1860 y 1866 (De Loyola, 1910, p. 2). Dos semanas después le escribió al
Intendente de la Municipalidad afirmando que requería certificar su trabajo
entre los años 1868 y 1869. Le respondieron que figuraba en las planillas de
escuelas desde el año 1869 como propietaria de una escuela subvencionada por la
«Antigua Dirección Municipal de Escuelas». También consiguió la firma del
presidente del Consejo Escolar de 14° Distrito de la Capital, declarando que
ella había sido preceptora de esa parroquia desde 1876 «hasta el año en que se
federalizó la ciudad de Buenos Aires» (De Loyola, 1910, p. 3).
Con toda esta documentación el inspector Enrique M. de Santa
Olalla confirmó que Catalina estaba «dedicada al profesorado» desde 1860. A
pesar de no tener los libros del período 1866-1869, creía que la maestra había
continuado ejerciendo en dicho tiempo porque recordaba haberla conocido «por
los años 1869 o 70 [...] antes de la Fiebre Amarilla q asoló a Bs Aires» (De
Loyola, 1910, p. 6). Al rememorar ese momento, el inspector dejaba constancia
de que tenía un cierto trato con esta educacionista. Ambos transitaron espacios
compartidos, como el Congreso Pedagógico de 1882. Tal vez fue ese vínculo el
que le permitió a Loyola contar con un informe que tenía una mirada benévola
frente a los huecos del archivo. Finalmente, en enero de 1886 fue nombrada
ayudante de la escuela graduada del 11° Distrito y el 10 de marzo de 1887 a
través de un decreto el Poder Ejecutivo le otorgó la jubilación con sueldo
íntegro (Consejo
Nacional de Educación, 1886, p. 1181).
Por otro lado, el caso de Nemesia R. de Zelaya resulta
significativo para pensar las trayectorias de quienes, en lugar de peticionar
ante el Consejo, se presentaron ante el Congreso Nacional. Para muchas,
recurrir al Parlamento pudo ser un modo de negociar arreglos jubilatorios más
benéficos en determinados contextos en que los legisladores hicieron usos más
amplios de la prerrogativa de dar pensiones. En el caso de Nemesia quizás fue
la única alternativa. Esta maestra inicialmente se dirigió al Consejo Nacional
de Educación a principios de 1893, pero en abril le comunicaron que el mismo no
estaba facultado para tal fin y que debía concurrir «á las Cámaras» (Consejo Nacional de
Educación, 1893, p. 187). Así fue como
algunos años más tarde, en 1900, cuando su esposo se enfermó, fue al Congreso a
suplicar un auxilio frente a «la escasez absoluta de recursos» (De Zelaya,
1900). Probablemente no se tratara de un contexto muy favorable para pedir un
retiro. En diciembre de 1898 se había aprobado la Ley N.° 3744, que aumentaba
la edad jubilatoria para los empleados públicos y en mayo de 1900 se había
presentado en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que contaba con el
apoyo del presidente Roca y que también restringía las posibilidades de retiro
para maestros y maestras de instrucción primaria. Así, tal vez el clima fuera
adverso para el otorgamiento de pensiones, aunque es difícil saber si Nemesia
conocía esta situación.
El 30 de julio del año 1900 envió una carta al general que
había sido designado secretario de la gobernación del
territorio nacional del Chaco entre
1887 y 1888. Le dijo que debía «comprobar ante las cámaras» que había prestado
servicios como directora de instrucción pública en el período que duró su cargo
(De Zelaya, 1900). Además, le escribió a la viuda de otro general por el mismo
motivo. El esposo de esta señora había sido gobernador del mismo territorio y
ella había presidido allí la Sociedad de Beneficencia. Nemesia enfatizó que
había sido socia y fundadora de esta institución junto con ella. La necesidad
de recordarlo y la breve respuesta de la señora viuda permite imaginar que tal
vez no tuvieran un vínculo cercano, aunque quizás compartieran la pertenencia
de clase, considerando el rol ocupado por Nemesia en dicha sociedad. La maestra
también le solicitó al coronel que dejara por escrito que la había conocido y
que ella había trabajado en el Chaco austral entre 1888 y 1890. Por supuesto,
omitió el hecho de que tanto ella como su esposo Enrique Zelaya habían quedado
cesantes en 1890, probablemente a causa de ser acusados por el inspector
nacional de Corrientes de haber recibido rentas injustificadas (Consejo Nacional de
Educación, 1890, p. 213). Según el artículo 7
de la Ley N.° 1909 quedaban excluidos del derecho a pensión quienes hubieran
sido separados de sus puestos por mala conducta o por condena o por pena
infamante.
Nemesia también les escribió a dos ex ministros del Partido
Autonomista Nacional para probar que había sido directora de una Escuela Mixta
en el pueblo «Máximo Paz» y maestra en la ciudad de «Caá Caty». Aunque en sus
cartas ella aclaró en qué años había trabajado en cada escuela, las respuestas
fueron más bien imprecisas. Uno de ellos dijo recordar que «en esa época más o
menos fue nombrada Ud. directora» y el otro manifestó que la «Sa. Nemecia R. de
Zelaya fue durante algún tiempo Directora de una Escuela Mixta (...) sin
recordar su duración en el empleo» (De Zelaya, 1900). A pesar de la vaguedad de
las respuestas, estas contestaciones fueron adjuntadas, lo que parecería probar
su valor.
Otra de las cartas adjuntas a la solicitud fue la de un
hombre de ciudadanía italiana que era propietario de un conjunto de tierras en
Posadas. Nemesia le pidió que aseverara que ella había sido directora en una
escuela de Misiones desde 1884 —cuando el Congreso Nacional decidió que la ciudad de Posadas
fuese cedida por Corrientes a Misiones y se convirtiera en capital del
territorio nacional— hasta 1886. El señor no
solo aseguró aquello sino que además escribió que «sus actitudes en el
desempeño de su cometido como educacionistas han sido siempre recordados». Si
bien este hombre no había expedido su nombramiento, la maestra quizás imaginó
que podía hacer valer su buena relación con él.
Una vez que Nemesia
reunió los comprobantes necesarios, se dirigió al Congreso Nacional y entregó
su petición. Pero tal como indicó Valeria Pita con relación a las mujeres que
reclamaron mensualidades, socorros o limosnas entre 1852 y 1870, no se trataba
únicamente de redactar una nota y presentarla. Conseguir estas pensiones
involucraba «poder reunir personas e influencias tras las presentaciones» y
«emplear en favor propio ciertas maneras o procederes de aquellas personas con
poder o autoridad para decidir sobre el destino de estas peticiones» (Pita,
2020, p. 120). Algunas maestras, acudieron a la Sociedad de Beneficencia porque
probablemente sabían de que, como dijo el maestro Marcial Lebrón, su «poderosa
intercesión» podía «influir en el ánimo» de los diputados y senadores (ISByAS, 03/07/1886, p.
121). Otras pensionistas concurrieron directamente en las casas de los
legisladores para exponer sus situaciones (Congreso Nacional, 14/06/1889, p. 86). En algunos casos
consiguieron que ellos presentaran sus proyectos en el Congreso o que los
defendieran en las discusiones parlamentarias (Congreso Nacional, 18/09/1889, p. 647).
El cometido tampoco terminaba ahí. Es posible que Nemesia
volviera a asistir alguno de los días en que se discutían las pensiones. Una
nota de la revista El
Gladiador de 1904 permite imaginar cómo era este momento:
Hay
en el Senado una habitación pequeña, obscura, que hace de «sala de espera» y
que a veces, cuando alguno de los ordenanzas se acuerda tiene encendido un
pequeño foco colgado al medio, turbio, como adormilado, que no alcanza á
disipar las sombras que agrupan en los rincones. […] Es una pieza que parece
especialmente hecha para amontonar duelos y miserias, para juntar súplicas de
mujeres [...] Alguien entra y al pasar dice: «Están tratando las pensiones». Es
un chispazo eléctrico. Rápido, violento, sacude todo aquello. La habitación
parece alegrarse un minuto. Pero luego la duda domina de nuevo, y al murmullo
vago y confuso, sucede un silencio de angustia excitada más fuerte aún, adueñándose
de toda la reunión. (Cuadros de la
vida real,
1904)
La crónica no se refería específicamente al caso de las
maestras, sino al de las mujeres que buscaban pensiones. Entre ellas había
hijas solteras, viudas, hermanas y hasta nietas de hombres que habían servido a
la nación en guerras o realizado servicios públicos. Es probable que también
las preceptoras y subpreceptoras de instrucción primaria esperaran en la misma
habitación «pequeña y obscura», dado que los diferentes tipos de pensiones se
trataban en conjunto. El tono trágico del artículo, con su mención a la pieza
hecha para amontonar duelos y miserias, puede no haber reflejado el clima con
que las peticionarias esperaban el tratamiento de sus pedidos, pero la nota
ayuda a figurarse un espacio de reunión, de intercambio de información, de
apoyo mutuo y, tal vez, de presión a las autoridades. En este sentido, resulta
central tomar en consideración este espacio ubicado dentro del Congreso y cómo
contribuye a pensar el sinuoso camino de la presentación de las peticiones. Por
otra parte, es preciso tener en cuenta que este paso no resultaba sencillo para
quienes vivían lejos de Buenos Aires. Eliseo Navedas, un maestro de 63 años que
residía en «la villa de Santa María», Catamarca, y que clamaba haber quedado en
la calle luego de un robo, escribió: «la gran distancia que me separa de la esa
capital en que vivo me priva el poder ir yo en persona a gestionar» (Navedas,
1901). Como tampoco contaba con «persona influyente que haga algo a mi fabor
(sic)» se limitó a enviar la petición y se comprometió a pagar la contestación
telegráfica.
Finalmente, cuando la petición de Nemesia R. de Zelaya iba a
examinarse en el Congreso, los legisladores votaron el aplazamiento del
tratamiento de todos los proyectos de pensiones hasta después de la discusión
de un proyecto de Montepío Civil (Congreso
Nacional, 1900, p. 365). Aunque la disposición no se sostuvo hasta 1904
(momento en que culminó el debate con la sanción de una nueva Ley), alcanzó
para dejar a esta maestra sin pensión. A pesar de su suerte, su caso y el de
Catalina Loyola revelan la importancia que tenían las relaciones establecidas
en el ejercicio de la docencia. Por el trabajo desempeñado, las maestras y los
maestros entraban en contacto con autoridades públicas y a veces utilizaban los
vínculos construidos a su favor, para conseguir estos documentos.
Por otra parte, los casos de Catalina y Nemesia también dan
cuenta de la relevancia que tenía la obtención y el guardado de ciertos papeles
para el acceso a los retiros. Una jubilación podía depender del recorte de un
periódico o de lo que dejaran por escrito funcionarios, familiares, vecinos o
incluso otras personas conocidas. En ocasiones, las declaraciones que
consiguieron eran imprecisas o presentaban contradicciones, pero aun así
resultaron fundamentales para la conquista del derecho a la pensión de retiro.
La importancia concedida a estos papeles se advierte en el hecho de que muchas
maestras y maestros se convirtieran en creadoras de sus propios archivos.
Los casos aquí tratados informan acerca de los largos
caminos de educacionistas para conseguir pensiones de retiro. Estos
involucraron extensos recorridos por oficinas, establecimientos y domicilios,
la escritura de cartas, la creación y el cuidado de numerosos documentos. Los
maestros y las maestras podían hallarse en situaciones económicas diversas,
pero su profesión les proporcionó un status particular y una serie de
habilidades y lazos que facilitaron su incursión en el Parlamento y el Consejo
Nacional de Educación para pedir pensiones, aunque tampoco garantizaron su
éxito. Más que un espacio para «amononar duelos y miserias», como interpretaba
el redactor de El
Gladiador, la sala de espera del Congreso tal vez funcionó como
un espacio de acompañamiento, de circulación de la información y de presión
hacia los legisladores para quienes habían peticionado por pensiones.
Conclusiones
Las historias apuntadas iluminan un panorama laboral
heterogéneo y cambiante: hubo maestras que enseñaron en sus domicilios, que
combinaron la docencia con otras ocupaciones, que cambiaron de trabajo,
migraron e hicieron de la enseñanza una tarea familiar. También hubo escuelas
subvencionadas, centros educativos particulares que por iniciativa de las
maestras se transformaron en públicos, establecimientos que funcionaron en
casas de vecinos, en colonias agrícolas y en zonas urbanas. Las leyes de
jubilaciones de 1884 y 1886 ampliaron las posibilidades de retiro, pero no
siempre reconocieron todas las trayectorias laborales. A veces, porque habían
combinado o alternado entre diferentes ocupaciones. En otros casos, porque
habían enseñado en casas particulares o en territorios que cambiaron de
jurisdicción. Cuando consideraron que la legislación no contemplaba el valor de
los trabajos que habían hecho, escribieron peticiones alentando
interpretaciones elásticas de lo dispuesto. En su mayoría se trataba de mujeres
mayores, solteras o viudas, residentes en Buenos Aires, tal vez porque las
maestras eran mayoría en la docencia porteña, que era la que tenía más
posibilidades de acercarse al Congreso y al Consejo. En un contexto en que el
Consejo Nacional de Educación no tenía el monopolio sobre el otorgamiento de
pensiones de retiro, el Congreso Nacional fue otro lugar de demanda que tal vez
posibilitó usos más flexibles de la Ley 1909 de jubilaciones docentes. A
diferencia de muchas mujeres que en otros tiempos habían solicitado pensiones
graciables en base a trabajos hechos por familiares hombres, en este caso lo
hacían amparándose en el valor de sus propios esfuerzos. Algunos de sus
escritos fueron presentados colectivamente y otros a título personal, aunque su
elaboración posiblemente fuera menos individual de lo que la firma sugiere. A
la vez, como aporte a otros estudios sobre peticiones también se muestra que la
sala de espera del Parlamento posiblemente funcionó como un espacio de
intercambio de información, de apoyo mutuo y de presión a los legisladores para
quienes esperaban el tratamiento favorable de sus peticiones por pensiones.
El artículo también indaga los pasos que siguieron las y los
maestros para presentar estas peticiones. Estos debieron crear, juntar y
guardar documentación dispersa, usando en su favor los vínculos —asimétricos—
que habían generado en el ejercicio de sus funciones. Ser docente, y más aún
para quienes llegaban a cargos directivos, no era equivalente a cualquier tipo
de trabajo. Por su prestigio e inserción en el entramado estatal, muchos
maestros y muchas maestras conocieron autoridades educativas y gubernamentales,
a quienes acudieron. A través de múltiples desplazamientos y del envío de
cartas, solicitaron a estos hombres que certificaran sus servicios, dado que el
flamante Consejo Nacional de Educación no contaba con esa información. Incluso,
hubo quienes se presentaron en las casas de los legisladores y hasta
consiguieron que fueran ellos quienes llevaran las peticiones a las cámaras.
Aun así, otros maestros y maestras manifestaron vivir lejos o no tener contacto
con «personas influyentes». En este sentido, el trabajo muestra que no todas
las personas tuvieron las mismas posibilidades de peticionar ni fueron
consideradas de la misma forma por parte de los parlamentarios. En ese sentido,
el artículo incorpora al estudio de las peticiones una serie de relaciones
sociales desiguales que se entramaron en las posibilidades de demandar este
derecho.
En su conjunto, por
su reiterada presencia en el Congreso y el Consejo, por sus largas gestiones,
argumentaciones, intervenciones y su capacidad para conseguir retiros más allá
de lo estipulado, los y, sobre todo, las maestras contribuyeron a moldear los
sentidos que tenían las
jubilaciones y a confrontar los criterios que tendían a limitar su
otorgamiento.
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