HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES: INVESTIGACIÓN

Sexting: percepciones de estudiantes tucumanos sobre motivaciones y riesgos

 

Narvaja, María Evangelina*

Instituto de Investigaciones sobre el Lenguaje y la Cultura (INVELEC-CONICET-UTN).
Contacto: evanarvaja@gmail.com

DOI: https://doi.org/10.33255/3059/696

Los datos presentados en este artículo forman parte de una investigación en curso acerca de las representaciones sobre la práctica del sexting en adolescentes tucumanos, desarrollada con una beca doctoral otorgada por el Consejo Nacional de Investigaciones en Ciencias y Tecnologías (CONICET).
Recibido el 06/03/2019
y aceptado el 07/08/2019.


Resumen

Este trabajo analiza, en función del género, las percepciones de estudiantes tucumanos acerca de: a) las motivaciones que conducen a los y las adolescentes a participar del sexting; b) las posibles situaciones problemáticas de la difusión no consentida de las imágenes, y c) las experiencias de ciberacoso sexual. Se aplicó una encuesta a una muestra representativa de estudiantes de la provincia de Tucumán. La muestra final se distribuyó en 346 mujeres (52.5 %) y 312 varones (47.3 %). Las edades estuvieron comprendidas entre los 12 y 20 años (M= 14.98; D.T: 1.6). Los resultados muestran que la práctica del sexting obedece a múltiples motivaciones, entre las que se encuentran el deseo de popularidad, de presumir con alguien que les gusta, o de tener relaciones sexuales. Entre las mayores preocupaciones de la viralización de las imágenes se encuentra el hecho de que sus padres se sintieran avergonzados y el riesgo de dañar su reputación.

Palabras clave: Sexting; Adolescentes; Motivaciones; Riesgos.

Abstract

Sexting: perceptions among students in Tucumán about motivations and risks

This research analyzes according to gender the perceptions among adolescents in Tucumán about: a) motivations for sexting participation; b) possible problematic situations of non-consensual diffusion of images and c) the experiences of cyber-harassment. A survey was applied to a representative sample of 659 students from the province of Tucuman. The final sample consisted of 346 women (52.5 %) and 312 men (47.3 %). Ages were between 12 and 20 years (M= 14.98; D.T: 1.6). The results show that the practice of sexting is due to multiple motivations, among which is the desire for popularity, to show off someone they like, or to have sex. Among the major concerns of the viralization of images is the fact that their parents felt ashamed and the risk of damaging their reputation.

Keywords: Sexting; Adolescents; Motivations; Risks.

Resumo

Sexting: percepções de estudantes de Tucumán sobre motivações e riscos

Este trabalho analisa, com base no gênero, as percepções de estudantes de Tucumán sobre: a) as motivações que levam os e as adolescentes a participar de sexting; b) as possíveis situações problemáticas da disseminação não consensual das imagens, e c) as experiências de cyberbulling sexual. Foi aplicada uma pesquisa a uma amostra representativa de estudantes da província de Tucumán. A amostra final foi distribuída em 346 mulheres (52.5 %) e 312 homens (47.3 %). As idades estiveram compreendidas entre 12 e 20 anos (M= 14.98; D.T: 1.6). Os resultados mostram que a prática do sexting se deve a múltiplas motivações, entre as quais estão o desejo de popularidade, de se mostrar com alguém de quem gostam, ou de ter relações sexuais. Entre as principais preocupações da viralização das imagens está o fato de seus pais sentirem vergonha e o risco de prejudicar sua reputação.

Palavras-chave: Sexting; Adolescentes; Motivações; Riscos.


 

I. Introducción

En el siglo xxi, a pesar de las grandes transformaciones sociales y culturales que hemos experimentado, aún persiste la censura hacia la expresión y el ejercicio pleno y seguro de la sexualidad adolescente (Gogna y Binstock, 2017a). Los y las adolescentes aún tienen dificultades para comunicar sus deseos, necesidades o para hablar acerca de las prácticas sexuales y mecanismos de protección (Gogna y Binstock, 2017b). Sin embargo, todas aquellas inquietudes y dudas sobre sexualidad que no hallan respuestas en el ámbito familiar o educativo, sí las encuentran en foros, en webs y blogs de internet (Brown, Keller y Stern, 2009; Cryan y Cimas, 2018). Las tecnologías de la comunicación, particularmente el teléfono celular, son para la juventud un potente instrumento para explorar, iniciar y mantener relaciones sexuales y románticas. Esto se debe, tanto a la posibilidad de esquivar el control adulto, como al acceso inmediato a la comunicación con otras personas en cualquier lugar del mundo, desde el anonimato, la privacidad y la aparente seguridad que transmite, lo que Zafra (2010) denominó el cuarto propio conectado.
La tecnología es un potente mediador de distintos aspectos del erotismo, la sensualidad y el sexo, las redes sociales y las aplicaciones de mensajería son espacios en los que la sexualidad se experimenta y se revela (Giraldo León, 2013). Es en este marco en el que proponemos abordar la práctica del sexting, que consiste en la producción, el intercambio y la publicación de un texto multimodal en el que se representan distintas formas de auto-expresión de la sexualidad, mediante aplicaciones de mensajería instantánea o redes sociales y que obedece a múltiples motivaciones.
El presente estudio se propone analizar: a) cuáles son las motivaciones para participar de la práctica del sexting y b) cuáles son los riesgos –entendidos como posibles situaciones problemáticas que enfrentaría alguien que fuera víctima de la divulgación no consentida de sus imágenes sexy– que generan mayor preocupación entre los y las adolescentes y c) las experiencias de ciberacoso sexual.
Entre las investigaciones de referencia, la desarrollada por Lenhart (2009) para el Pew Research Center sugirió que esta práctica tiene tres escenarios en los que se produce el intercambio del material sexual: 1) en el marco de una relación afectiva, entre los miembros de la pareja; 2) entre dos personas que flirtean y 3) con terceras personas fuera de la relación, caso en el que se viola la privacidad y la confianza en la que ese contenido ha sido enviado.
En población adulta, datos recientes obtenidos por un estudio español indicaron que la motivación de mayor peso para enviar una imagen íntima es la de satisfacer a la persona receptora de los contenidos (Rodríguez-Domínguez y Durán Segura, 2019). Cabe señalar que, en lo concerniente a la recepción de sexts se encontró que los hombres tenían más expectativas positivas, mientras que las mujeres tenían expectativas más negativas (Klettke, et al., 2013).
En cuanto a la adolescencia, las investigaciones conducidas por Albury y Crawford (2012) en Australia, y Marrufo Manzanilla (2012) en México, señalaron que el sexting funciona como una forma de seducción y de flirteo.
Otras investigaciones han planteado que el sexting está determinado por dinámicas de género que producen contrastes en relación con los estímulos para sextear; de modo que los varones sextean como una forma de experimentación sexual, por el consumo de drogas, por aburrimiento o porque deseaban llamar la atención de una pareja o de sus pares, mientras que las chicas se sienten motivadas por la diversión o por presumir (Alonso-Ruido et al., 2017).
Además, se ha recogido evidencia que sugiere que tanto chicas como chicos pueden sentirse presionados para compartir imágenes sugerentes con otros. En el caso de las mujeres para enviar imágenes sexuales a sus parejas o amigos y con respecto a los jóvenes para compartir las imágenes recibidas con sus amigos o compañeros (Espín Miniguano et al., 2017; Walker, Sanci y Temple-Smith, 2013).
En otra línea, Menjivar Ochoa (2010) apunta que este fenómeno genera adeptos en la adolescencia, entre otros motivos, a causa de los cambios psicofísicos y emocionales, en general, y sexuales, en particular, por los que atraviesan chicos y chicas durante esta etapa y que despiertan la necesidad de exploración de ese nuevo cuerpo con el que se encuentran. La investigación desarrollada por Peris et al. (2013), aplicada en adolescentes españoles a partir de un cuestionario escrito, mostró que publicar imágenes sexy estaba vinculado con un autoconcepto corporal positivo; es decir, aquellos adolescentes con mayor satisfacción corporal son los que más realizan publicaciones sexuales a través de redes sociales o aplicaciones.
En Argentina, algunos estudios (Balardini, 2009; Basile y Linne, 2014) sugirieron que la práctica de compartir imágenes sexy, particularmente en el caso de las chicas, conlleva una retroalimentación positiva plasmada en «me gusta» o en comentarios elogiosos. Este fenómeno va de la mano con la búsqueda de popularidad en redes sociales por parte de los adolescentes (Linne, 2018; Morduchowicz, 2013).
Trabajos recientes han dado cuenta de otro contexto, que es el de la publicación de imágenes sexy en redes sociales para una gran audiencia que sugieren tanto la búsqueda de un placer escópico y autoerótico (Arias, 2018) como la idea de una nueva subjetividad alterdirigida y éxtima que da cuenta del fenómeno de desdibujamiento de las fronteras tradicionales entre lo público y lo privado (Narvaja y De Piero, 2016).
A nivel internacional, son escasos los estudios empíricos que se ocupan del sexting como un producto de una cultura de la extimidad (Sibilia, 2008). Barros, Costa Ribeiro y Pereira Quadrado (2014) realizaron un análisis de discursos periodísticos en torno al sexting en medios digitales y encontraron indicios de que esta práctica implica que los sujetos utilizan sus imágenes (erótica, sexual y sensual) para autovisibilizarse. Por su parte, Lasen (2012) señaló cómo estas imágenes se convierten en un instrumento de «autopornificación» o «autocosificación» que encuentra como marco diferentes modulaciones entre lo público y lo privado, entre lo que es protegido de la mirada ajena por pudor y lo que puede ser exhibido ante íntimos y extraños. En esta línea, un estudio de tipo etnográfico virtual conducido por Martínez Andrade, Rebolledo Garrido y Romero López (2011) en México encontró que los adolescentes publicaban fotografías desnudos o semidesnudos en la red como una herramienta que les permitía, por un lado, interactuar con otros contactos y, por otro, obtener el reconocimiento y autorreconocimiento sexual en aras de alcanzar popularidad.

II. La práctica del sexting entre el riesgo y la oportunidad

Existe una creciente preocupación por los riesgos a los que los menores de edad están expuestos en internet. Para Garmendia et al. (2018) el intercambio de mensajes e imágenes sexuales puede tener consecuencias no intencionadas que conduzcan a situaciones complejas y problemáticas que sean difíciles de sobrellevar para ellos.
En este trabajo los riesgos se entienden como las situaciones problemáticas derivadas de la viralización no consentida de imágenes o de conversaciones sexuales que fueron intercambiadas con parejas o amigos en el marco de la práctica del sexting (Ringrose, et al., 2013). Cabe señalar que estas circunstancias no constituyen un problema exclusivo de los y las adolescentes, ya que la circulación de imágenes sexuales de personas famosas revela que los adultos también apoyan la producción y circulación no consensuadas de este tipo de retratos (Albury et al., 2013).
En relación con el impacto percibido sobre estos riesgos, los estudios constataron que la mayoría de las personas consultadas consideran que la práctica tiene efectos potencialmente adversos y manifiestan tener conciencia sobre estas situaciones (Mitchell, et al. 2011; National Campaign to Prevent Teen and Unplanned Pregnancy, 2008). Los riesgos psicosociales pueden afectar fundamentalmente a los adolescentes, pero también a los adultos. En el momento en que el sexter encuentra violada su intimidad y la imagen es difundida en su entorno y más allá de él, pude sufrir una humillación pública siendo blanco de burlas y situaciones insultantes que pueden desencadenar problemas de ansiedad, depresión, exclusión social, etc.
Entre los adolescentes las consecuencias que más les preocupan están vinculadas con tener problemas en el entorno familiar y sufrir daño en su reputación (Espín Miniguano et al., 2017; Marrufo Manzanilla, 2012).
Estos datos evidencian una línea de investigación que entiende al sexting como una práctica de riesgo, asociada a situaciones de victimización como ciberbullying, el ciberchantaje, las amenazas y la violencia dentro de la relación de pareja (Agustina y Gómez-Duran, 2016; Morelli et al., 2016).
En esta dirección, distintos organismos gubernamentales y organizaciones sociales están generando instancias de concientización para prevenir los peligros a los que están expuestos niñas, niños y adolescentes en Internet (Pérez et al., 2011).
En Argentina, el Ministerio de Justicia y Derechos humanos (s/f), elaboró una guía para adultos con el propósito de informarlos acerca del sexting para que puedan acompañar y orientar a los jóvenes.
Estás guías orientadoras señalan una variedad de riesgos derivados de la gran exposición de información personal y del contacto con desconocidos, algunos de los cuales están directamente vinculados con el ciberdelito (Tomeo, 2014).
Debe entenderse que en sí misma la práctica del sexting no es un delito; sin embargo, cuando una persona se fotografía a sí misma y envía esa imagen a través de una red social o del teléfono móvil, corre el riesgo de que sea difundida sin su consentimiento, lo que podría derivar en una intervención de tipo jurídica. Elementos como la voluntariedad o el consentimiento al tomar una imagen, la sustracción del material, la identificación de la persona que se retrata, la edad de quien protagoniza la imagen y de quien la envía, reenvía o posee el material, intervendrán en la consideración de una situación determinada como delito y en las responsabilidades de quienes participan en el proceso.
En el caso español, Martínez Otero (2013) señala, desde una perspectiva jurídica, que a la hora de abordar jurídicamente un caso de sexting se debe tener en cuenta tres derechos fundamentales del emisor originario y protagonista de las imágenes que pueden haber sido vulnerados: el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
De este planteamiento se deduce que la divulgación de material creado en la práctica del sexting, sin consentimiento de la persona retratada, lesiona su derecho a la intimidad, ya que se exhibe públicamente una faceta de su ámbito personal y privado (Buompadre, 2017).
Cuando una comunicación privada se vulnera y con ella la intimidad del emisor original, esas imágenes pueden ser utilizadas, por ejemplo, para crear un perfil falso que se utiliza para difamar a la persona, es decir que generan un daño en la reputación tanto online como fuera de línea. En otras palabras, el hecho de que en Internet sea muy difícil borrar información permite que el material perdure a través del tiempo, exponiendo una situación que será relacionada con la identidad del protagonista en cualquier búsqueda presente o futura, de modo que se desencadena el juzgamiento social en contra de la voluntad del afectado. En consecuencia, la publicación puede considerarse difamación y afectar fuertemente la imagen pública y la reputación o consideración social y, finalmente, verse profundamente lesionado el derecho al honor (Agustina, 2010; Tomeo, 2014).
Además, el sexting suele asimilarse a lo que en realidad se denomina revengeporn o pornovenganza que designa la situación en la que una persona, generalmente una expareja, viraliza imágenes íntimas del otro miembro una vez terminada la relación en forma con el propósito de dañarlo. Los estudios han demostrado que las principales víctimas de esta práctica son mujeres (Cavalcante y Lelis, 2016). En vínculo con esto, se ha denominado sextorsión a la extorsión o el chantaje por parte de una persona que posee material audiovisual de tono sexual de otra. Las víctimas son coaccionadas para seguir compartiendo este tipo de imágenes o videos, y en casos más graves se ven obligados a mantener contacto sexual físico.
En el caso del ciberacoso derivado de una situación de sexting, encontramos que uno o varios menores utilizan las redes sociales para difamar, insultar o amenazar, a otro utilizando para ello un canal tecnológico, provocando la humillación y el maltrato público de forma repetida y sostenida en el tiempo (Vivas, 2018).
Los menores también pueden sufrir grooming. En este caso, una persona adulta entra en contacto con un menor a través de Internet, utilizando estrategias para ganarse su confianza- en muchas ocasiones, la virtualidad le permite fingir la edad- con el fin último de obtener concesiones de índole sexual.
A partir de lo sugerido por Garmendia et al. (2018), las interacciones de los menores a través de dispositivos inteligentes se pueden entender a partir de la máxima «más oportunidades, más riesgos». Sin embargo, los autores señalan que no es posible desconocer que los adolescentes son cada vez más conscientes de las situaciones potencialmente conflictivas que pueden experimentar en línea, motivo por el que se hace imperioso promover usos más seguros y responsables, a partir de la transmisión de mensajes que apelen a incrementar el resguardo de la privacidad de sí mismos y de otros.
Por otra parte, Karrera y Garmendia (2018) proponen entender que algunas de estas situaciones de riesgo junto a otras, como la humillación, el daño en la reputación y la conflictividad familiar, son problemas que no derivan directamente del sexting, sino de un entorno social sexista que desconoce que esta práctica puede tener un elemento enriquecedor si se comprende como una forma de expresión y comunicación sexual.
En esta línea, Hasinoff (2013) considera que, en una sociedad en la que el sexo continúa siendo un tabú, los jóvenes pueden tener dificultades para comunicar sus necesidades y deseos o para hablar acerca de las prácticas sexuales más seguras. Por este motivo, sin desconocer las situaciones potenciales de riesgo, entiende que es necesario modificar la perspectiva de estigmatización que recae sobre el sexting adolescente, abonada por los discursos periodísticos y científicos, sobre todo porque la práctica puede constituir una oportunidad, por ejemplo para las mujeres, los homosexuales y otros colectivos disidentes, para explorar su sexualidad de un modo seguro. Para esto supone ineludible que las campañas de prevención concentren sus esfuerzos en disuadir a los receptores de sext de compartir imágenes no autorizadas y no en desaconsejar la producción consensuada de este contenido.
Finalmente, en dirección con lo propuesto por Garmendia et al. (2018), entiende como un rol fundamental de las familias, de las escuelas y de los medios de comunicación concientizar sobre el respeto a la privacidad en línea y luchar contra la discriminación sexual y de género (Hasinoff, 2013).

Material y métodos

Participantes
Para desplegar analíticamente nuestro objetivo de trabajo, se constituyó una muestra representativa constituida por 659 estudiantes de nivel secundario de tres ciudades de la provincia de Tucumán (Yerba Buena, Banda del Río Salí y San Miguel de Tucumán).
La muestra final estuvo distribuida en 346 mujeres (52.5 %) y 312 varones (47.3 %), una persona no se autoasignó un género determinado (0,2 %). Las edades estuvieron comprendidas entre los 12 y 20 años (M= 14.98; D.T: 1.6).

Instrumento
Para la elaboración del cuestionario, en un primer momento, se realizó un relevamiento bibliográfico en la que se revisaron los instrumentos utilizados en otros estudios para analizar el fenómeno. Posteriormente, se desarrollaron cuatro grupos de discusión con estudiantes de escuelas secundarias de gestión pública y gestión privada, con el propósito de obtener datos que permitieran explorar posibles particularidades en esta población y en este contexto. A partir de la información recolectada se elaboró el instrumento Motivaciones para participar del sexting y se efectuaron adaptaciones de las escalas Percepción de riesgos sobre viralización de imágenes sexy y Cibervictimización. Se elaboró una versión piloto del cuestionario que fue aplicado a 123 estudiantes de entre 13 y 18 años de dos instituciones privadas y una pública entre mayo y junio de 2016. La selección de esta muestra fue por conveniencia.
Tras obtener los resultados de esta primera aplicación, se analizó la pertinencia de algunos instrumentos y se consideró necesaria la modificación y la supresión de algunos ítems. Se mantuvo aquellos instrumentos de escala que dieron un buen ajuste a partir del test estadístico Alpha de Conbacht, que fue testeado nuevamente en la versión final. La consistencia interna de la escala Motivaciones para participar del sexting en el estudio piloto fue de α = .753 y en el estudio final fue de α = .815, lo que indica una muy buena relación entre los ítems de la escala. La consistencia interna del instrumento Percepción de riesgos sobre viralización de imágenes sexy en el estudio piloto fue de α = .781 y en la muestra final de α = .914, lo que indica un excelente relación entre los ítems.
El instrumento final se compuso con los siguientes items:
a) Datos sociodemográficos (edad, género, tipo de institución educativa).
b) Motivaciones para participar de sexting. Se trata de una herramienta creada ad hoc, a partir de 7 ítems de opción múltiple (tipo Likert) de cinco puntos: desde 0 («Nada cierto») hasta 4 («Totalmente cierto»). Con este instrumento se exploran motivaciones que conducen a los adolescentes a la práctica del sexting («Tanto los chicos como las chicas que envían fotos y videos sexy no han tenido relaciones sexuales y quieren experimentar»; «Para los jóvenes de mi edad enviar fotos o videos sexy significa que quieren tener relaciones sexuales»; «Los jóvenes de mi edad suben a las redes sociales fotos o videos sexy porque ya no existe la intimidad»; «Los jóvenes de mi edad suben a las redes sociales fotos o videos sexy porque quieren recibir muchos “me gusta”»; «Los jóvenes de mi edad suben a las redes sociales fotos o videos sexy porque es parte del “show” para conseguir seguidores y ser populares»; «Los jóvenes de mi edad suben a las redes sociales fotos o videos sexy porque les puede permitir ser famosos y ganar dinero»; «Los chicos y chicas de mi edad hacen sexting como una forma de presumir»).
c) Percepción de riesgos sobre la viralización de imágenes sexy. Se trata de una herramienta adaptada a partir de la versión de Marrufo Manzanilla
(2012), del cuestionario llamado «Sex and Tech» (National Campaign to Prevent Teen and Unplanned Pregnancy, 2008), con 11 ítems que miden el grado de preocupación sobre situaciones problemáticas (riesgos) hipotéticas a partir de la difusión no consentida de las imágenes de tipo sexting, con un formato de respuesta de cuatro puntos: 0 (Nada) a 4 (Mucho).
d) Cibervictimización (García Guilabert, 2014). Se trata de una herramienta creada por el Centro Crimina (Alicante) denominada «Hábitos de los menores en Internet». De la batería de ítems de este instrumento se seleccionaron los ítems referidos a las formas de violencia sufrida por los menores a través de Internet, específicamente Ciberacoso sexual. Se consulta si se sufrió acoso, con un tipo de respuesta dicotómica (Si-No) y quién ejerció esa forma de violencia con opción de respuesta múltiple (No lo sé, Uno o varios compañeros de la escuela, Amigos ajenos al colegio, Desconocidos, Un chico/chica que me gustaba, Mi novio/a o exnovio/a).

Procedimiento
El permiso preceptivo para acceder a las instituciones educativas se tramitó a través del Ministerio de Educación de la Provincia. Una vez obtenida la autorización pertinente, se gestionó la participación de los estudiantes en el estudio a través del contacto con supervisores y directivos, a quienes se puso en conocimiento del objetivo y la metodología del estudio.
En el propio establecimiento educativo, los estudiantes fueron informados del propósito de la investigación y se solicitó su colaboración. Los instrumentos fueron aplicados durante la hora de clase, en un tiempo estimado de cuarenta minutos. El relevamiento de los datos se realizó entre julio y noviembre del año 2017. Las puntuaciones obtenidas fueron analizadas con el paquete estadístico spss versión 25.

Resultados

A partir del análisis de medias para una muestra encontramos que los participantes consideran «muy cierto» que los jóvenes de su edad suben a las redes sociales fotos o videos sexy «porque quieren recibir muchos “me gusta”» (M=2,91; DT=1,36) y porque «es parte del “show” para conseguir seguidores y ser populares» (M=2,81; DT=1,43).
Por otra parte, los datos revelan que existen diferencias estadísticamente significativas en función del género, que muestran que las chicas son quienes más creen que las personas de su edad «suben a las redes sociales fotos o videos sexy porque ya no existe la intimidad» (t=3,82; p<.001), que «los jóvenes de su edad suben a las redes sociales fotos o videos sexy porque esperan recibir muchos “me gusta”» (t=3,43; p<.001) y porque «es parte del show para conseguir seguidores y ser populares» (t=3,38; p<.001).
En cambio, no hallamos diferencias entre varones y mujeres en la percepción sobre los siguientes ítems «Tanto los chicos como las chicas que envían fotos y videos sexy no han tenido relaciones sexuales y quieren experimentar», «Para los jóvenes de mi edad enviar fotos o videos sexy significa que quieren tener relaciones sexuales», «Los jóvenes de mi edad suben a las redes sociales fotos o videos sexy porque les puede permitir ser famosos y ganar dinero», «Los chicos y chicas de mi edad hacen sexting como una forma de presumir» (Tabla 1).

Tabla 1. Motivaciones para la práctica del sexting según género. Medias y Prueba t

A partir de la consulta sobre cuánto consideran que les preocuparía a ellos/ as o a otros/as chicos/as de su edad un listado de situaciones problemáticas,
o riesgos, en el caso de que sus imágenes sexy se divulgaran, se encontró una considerable preocupación por todas las circunstancias hipotéticas sugeridas (Gráfico 1). Alrededor del 50 % indicó que les preocupa entre «bastante» y «mucho» «Que los alumnos/as de tu escuela o los chicos/as de su barrio se burlaran y se rieran» (47,6 %), «Que tu reputación se dañara seriamente» (50,5 %), «Que pudieras tener problemas en el futuro» (55,2 %), «Que fueras sancionado/a en la escuela» (48,3 %), «Que fueras sancionado/a en la escuela» (56,8 %), «Que tus padres se sintieran avergonzados y tristes» (74 %), «Que tus padres te castigaran» (43,2), «Que una persona adulta desconocida te pidiera que se conocieran en persona» (54 %), «Que tus amigos se alejaran» (53,9 %), «Que una persona adulta te obligara a hacer algo sexual a través de internet» (70,2 %), «Que recibieras, por WhatsApp o redes sociales, mensajes ofensivos de otros chicos y chicas» (45,7 %).


Gráfico 1
. Percepción de riesgos sobre la viralización de imágenes sexy
Fuente: elaboración propia.

A partir de un análisis de las medias obtenidas en esta escala para una muestra, encontramos que las situaciones que más les preocupan son «Que tus padres se sintieran avergonzados y tristes» (2,98 DT= 1,48) y «Que una persona adulta te obligara a hacer algo sexual a través de internet» (2,75 DT=1,64).
En la Tabla 2 se muestran los resultados del análisis de medias de la escala de Percepción de riesgos sobre la viralización de imágenes sexy, que revelan diferencias significativas en función del género. Es decir que son las chicas quienes se sienten más preocupadas que sus compañeros por las posibles situaciones planteadas. Con excepción de la posibilidad de que sus amigos se alejaran, en la que no se presentan diferencias estadísticamente significativas.

Tabla 2. Percepción de riesgo de la práctica del sexting según género. Medias y Prueba t

En relación con el ciberacoso sexual (Tabla 3), el 34,1 % del total de la muestra indicó que fue acosado/a repetidamente con mensajes de carácter sexual a través de redes sociales o del celular. Pero, son las chicas quienes en un 45 % han sufrido más este tipo de hostigamiento frente al 23,4 % los chicos (X2 33,3; p<.001). El 55,2 % del total de quienes se ubicaron en este grupo refirieron que habían sido acosados por un desconocido.

Tabla 3. Ciberacoso sexual según el género

El 13,7 % de los/as participantes respondió haberse sentido presionado/a para enviar fotos/videos sexy a través de redes sociales o del celular. Las diferencias por género indican que las mujeres se han sentido obligadas en un 17,5 % frente al 9,9 % de los varones (X2 8,60; p<.01). En este caso, el 46,8 % respondió que fueron presionados por un desconocido.
Finalmente, ha sido mínimo el porcentaje de los/as encuestados/as que manifestó que han publicado alguna vez fotos/videos suyos sin su consentimiento (3,6 %), pero no se han encontrado diferencias estadísticamente significativas en relación con el género en este ítem.

III. Discusión

En este trabajo hemos analizado las percepciones de estudiantes secundarios sobre las motivaciones para la práctica del sexting, sobre las posibles situaciones problemáticas y riesgos a los que puede conducir que esas imágenes se viralizaran sin el consentimiento del protagonista y las experiencias de ciberacoso sexual.
Los datos sugieren que la popularidad y el reconocimiento a través de las redes sociales, manifestado en la cantidad de seguidores y los «me gusta», es una de las razones de mayor peso para compartir imágenes de sugerencia sexual (Balardini, 2009; Basile y Linne, 2014). En este sentido, coincidimos con las investigaciones que han dado cuenta de que la juventud hace uso de diferentes estrategias en la búsqueda de popularidad (Linne, 2018; Martínez Andrade et al., 2011; Morduchowicz, 2013). Además, consideramos necesario profundizar en las motivaciones que llevan a los y las adolescentes a publicar este contenido en las redes sociales en busca de un placer autoerótico (Arias, 2018).
Por otro lado, tanto chicos como chicas coinciden en que entre los motivos que llevan a sextear se encuentran la posibilidad de presumir, de experimentar con la sexualidad y el deseo de concretar un encuentro sexual (Albury y Crawford; 2012; Alonso-Ruido et al., 2017; Marrufo Manzanilla, 2012).
En nuestro estudio se han presentado diferencias de género en las percepciones sobre las motivaciones para participar del sexting. Las mujeres señalan que se publica en redes sociales fotos o videos sexy porque ya no existe la intimidad, mientras que los varones, creen que quienes practican sexting en las redes lo hacen porque quieren recibir muchos likes y porque es parte del «show» para conseguir seguidores y ser populares. Estos resultados acompañan los hallados en un estudio anterior (Lasen, 2012; Narvaja y De Piero, 2016) que plantea el sexting como una práctica que debe ser analizada desde las transformaciones culturales que han dado paso a nuevas configuraciones a la relación entre lo público y lo privado.
En relación con la percepción sobre las situaciones problemáticas, los adolescentes expresan una alta preocupación en todas los escenarios hipotéticos, pero la posibilidad de dañar a sus padres y el acoso sexual de un adulto son las circunstancias que más les preocupan (Espín Miniguano et al., 2017; Marrufo Manzanilla, 2012).
Finalmente, con respecto al ciberacoso sexual, un porcentaje importante de participantes manifestó haber sido acosado/a repetidamente con mensajes de carácter sexual a través de redes sociales o del celular. Nuestros datos son coincidentes con el estudio de Walker, et al. (2013), en tanto muestran que son las mujeres quienes más han sufrido este tipo de hostigamiento y quienes en mayor medida se han sentido presionadas a enviar imágenes de sí mismas.

IV. Conclusión

Aunque la expansión de las tecnologías nos lleva a coincidir en que vivimos en un mundo cada vez más globalizado en el que creemos que las prácticas sociales se homogenizan, sobre todo entre la juventud, es de vital importancia evitar la generalización y aspirar a dar cuenta de la variedad de situaciones particulares que viven los adolescentes y de sus prácticas. Las realidades no son las mismas y en esto intervienen un conjunto de factores como el género, el social, el cultural, el económico, el geográfico, el educativo, etc. Es por este motivo que consideramos relevante destacar que esta investigación brinda datos del interior del país, ámbito poco explorado en los estudios que se ubican en la intersección entre juventud, tecnología y las formas de socialización y sociabilización de adolescentes y jóvenes.
Si bien es evidente que mujeres y varones adolescentes tienen ahora más que nunca oportunidades para presentarse a sí mismos públicamente a una audiencia amplia y heterogénea, no es posible generalizar sobre que todos opten por mostrar información acerca de su sexualidad o compartir mensajes, fotos y videos de desnudos o semi-desnudos en sus perfiles de redes sociales o a través de sus celulares sin ser conscientes de las posibles situaciones problemáticas y riesgos a los que se exponen.
Los datos recogidos por este estudio muestran que entre los principales motivos para practicar sexting se presenta la aspiración de ser populares, tener muchos seguidores y likes (Morduchowicz, 2013). Esto nos habla de una expectativa y valoración por la mirada, el reconocimiento y la aprobación externa, que no ha sido ajena al tránsito por la adolescencia de otras generaciones, pero que se magnifica a partir de la exposición que generan las redes sociales y las aplicaciones de Internet.
Entendemos que no es oportuno estigmatizar, ni criminalizar el sexting adolescente. Por el contrario, dada la relevancia de la preocupación que se ha expresado, se hace imprescindible una orientación y acompañamiento que les permita ser conscientes y tomar decisiones sobre las prácticas de experimentación con su sexualidad (Gogna y Binstock, 2017a).
Por otro lado, se hace indispensable reforzar desde los discursos escolares, de los medios de comunicación y de las familias el respeto por la privacidad en línea, tanto la personal como la de los contactos, y rechazar enfáticamente la difusión de contenidos sexuales no consentidos (Garmendia et al., 2018), además de fomentar una visión crítica que conduzca a rechazar las posibles formas de violencia, ya sea de género o entre pares, como el ciberbullying, y a cuestionar las representaciones sexistas de hombres y mujeres que se transmiten desde los medios (Hasinoff, 2013; Karrera y Garmendia, 2018).
Así como lo han demostrado otras investigaciones (Cryan y Cimas, 2018), la formación integral que incluye la educación afectivo-sexual, debe garantizarse como un derecho. La República Argentina cuenta a partir del año 2006, con la Ley Nacional de Educación Sexual Integral n.o 26.150, que establece la creación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral y los Lineamientos Curriculares de la Educación Sexual Integral (esi) (mecyt) –que constituyen la orientación de los objetivos de aprendizaje básicos para cada nivel educativo–, en los que se expresa que la educación sexual constituye una oportunidad para que la escuela, junto a las familias, se impliquen en la búsqueda de respuestas eficaces a situaciones de vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes a la dignidad e integridad personal, a la intimidad y al ejercicio pleno de su sexualidad.

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