Artículo

Educación y Vínculos N° 7 | Enero - Junio de 2021 | ISSN: 2591-6327

Artículos

Cuando comunicadores sociales gestionan procesos de Comunicación/Educación en y sobre las cárceles1


Gretel Schneider, Universidad Nacional de Entre Ríos, Argentina | greschneider@gmail.com


Resumen: A partir de los cambios en las prácticas de sociabilidad que implicó la llegada del Covid-19 al mundo y a nuestro país, en abril del 2020 en las cárceles federales y provinciales se llevó a cabo un protocolo a través del que se realizó lo que los medios hegemónicos de comunicación denominaron liberación masiva de presos, a partir del hacinamiento que impedía el distanciamiento social y otras normas de higiene en los establecimientos penitenciarios. Desde este suceso cuya relevancia fue amplificada, vamos a detenernos en el rol de los comunicadores sociales en cuanto a la responsabilidad como constructores de sentidos que luego son cristalizados. Para ello nos detendremos en dos formas de incidencia o intervención en y para los significados acerca de espacios de privación de libertad por cumplimiento de condenas y las personas en conflicto con la ley penal nas en: como constructores de narrativas sobre la cárcel y como facilitadores de espacios de Comunicación/Educación en contextos de encierro.

Palabras clave: comunicadores sociales - cárceles - comunicación/educación.

When social communicators manage Communication/Education processes in and about prisons

Abstract: Based on the changes in sociability practices that the arrival of Covid-19 to the world and our country implied, in April 2020 a protocol was carried out in federal and provincial prisons through which what the hegemonic media of communication called mass release of prisoners, based on the overcrowding that prevented social distancing and other hygiene standards in prisons. From this event whose relevance was amplified, we are going to stop at the role of social communicators in terms of responsibility as builders of meanings that are later crystallized. To do this, we will focus on two forms of incidence or intervention in and for the meanings about spaces of deprivation of liberty for serving sentences and people in conflict with criminal law nas in: as constructors of narratives about prison and as facilitators of Communication / Education spaces in confinement contexts.

Keywords: social communicators - prisons - communication/education.



Preguntas entre cárceles y Covid

En estas páginas intentaremos traer algunas reflexiones que surgen de nuestra práctica entre los campos de la comunicación y la educación, sobre la cárcel y las personas privadas de libertad y en la irrupción de una pandemia mundial, cuando estos ámbitos estuvieron más que nunca en la escena mediática donde fueron valorados desde sentidos simplicistas y esencializadores. Para la construcción de otras narrativas que aporten a la integración y justicia social es que proponemos la inserción e incidencia de comunicadores sociales en y sobre los contextos de privación de libertad ambulatoria y apostar a formas más sustentables y responsables de construcción de sentidos, para lo que nos inspiramos en la propuesta de Educación Popular de Paulo Freire.

Como integrantes, productores y reproductores, pero también como constructores de la cultura, de las realidades mediadas por las creencias (Vizer, 2006), los seres humanos a través de la comunicación realizamos el tejido social, con todas sus variaciones, rupturas, superposiciones y fisuras. Ese tejido social, esa trama significante nos aporta cierto sostén, nos aporta certezas que constituyen las coordenadas que necesitamos para seguir formando parte de la vida social. Fueron Erving Goffman (2006) y Howard Becker (2014) algunos de quienes advirtieron que los medios de comunicación masiva en su acción social tienen el poder de imponer certezas, verdades y que los pobres o quienes no acreditan para integrar esa normalidad que el mercado –a través de estos medios y en el cumplimiento de sus leyes de oferta y demanda de mercancías– impone, son considerados productores de conductas desviadas, a través de su etiquetamiento (Kessler, 2006; 2009; 2013).

Los medios de comunicación construyen relatos, narrativas que se constituyen en empresas morales cuyos mandamientos nos llegan a través de todas las pantallas y los dispositivos, pero también a través del diálogo con otras personas, de las iconografías que muchas veces sin hacerlas cocientes las vemos y las naturalizamos. También de esta manera, las repetimos, las reproducimos y las actualizamos sumándoles nuevas interpretaciones, pero sin cuestionarnos, ¿cómo se llega a esas formas del deber ser en el mundo social (Becker, 2014) y a la de inadaptación a ella? ¿qué otras salidas tienen los grupos etiquetados que no sea encerrarse en los circuitos que les habilita su propia rotulación? En este planteo es que existen «mecanismos que hacen que algunas personas rompan reglas y otros las impongan» (Becker, 2014: 21).

Una de las primeras medidas del Estado Nacional con respecto a la llegada del Covid fue el anuncio del Servicio Penitenciario Federal con la creación del Comité de Crisis para la prevención, detección y asistencia ante el brote epidemiológico del nuevo coronavirus COVID-192 desde donde surgió lo que a través de los medios de comunicación se llamó la liberación masiva de presos. Esa forma de nombrar a un procedimiento penitenciario y judicial que consistió en una política –que fue aprendida a partir de la experiencia de países europeos que ya venían sufriendo las consecuencias de la pandemia y a partir de la recomendación de organismos como la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para los Estados Nacionales– generó pánico y malestar social. Los medios de comunicación alimentaron ese sentimiento y muchos argentinos nos hicimos la pregunta: ¿Por qué liberar a los presos?

En los últimos años se había multiplicado la cantidad de personas detenidas en nuestro país y la inversión en infraestructura no fue suficiente. El informe 2019 del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) indicó que las unidades penales contenían a más del 50 % de personas para lo que estaban preparadas. ¿Qué es vivir con hacinamiento en las cárceles? Es ser parte del amontono de personas en un espacio compartido o según las Naciones Unidas es cumplir una condena o un procesamiento sin espacio suficiente para moverse, sentarse o dormir.

¿Qué significó la llegada de un virus altamente contagioso a las cárceles llenas? Cuando comenzó la cuarentena en las unidades penales se suprimió el régimen de visitas de familiares y, de esta manera, se evitó que personas externas ingresen a los establecimientos. Lo mismo ocurrió con las actividades educativas y talleres productivos habituales. Estas condiciones requirieron que el personal penitenciario y les profesionales que allí trabajan (que sí vienen de afuera) pongan todos sus esfuerzos en atención y contención de quienes atraviesan el encierro (más el aislamiento).

¿Qué riesgo suponía la entrada del coronavirus a los establecimientos penales? Muchos test, la disposición de atención sanitaria con la planificación de camas y personal de salud para contactos estrechos que pueden ascender a 60 personas (si consideramos la cantidad de habitantes de un pabellón grande de las cárceles de Entre Ríos). Se necesitarían muchos respiradores, a sabiendas que la alimentación en las cárceles no es la mejor, hay un excesivo consumo de cigarrillos, altos niveles de estrés y la ausencia de actividad física que el encierro obliga.

Esos test, esas camas, esas enfermeras y esos respiradores son aquellos con los que contaba el Estado y disponibles para cualquier ciudadano que lo demande, porque para el suministro de salud pública no hay carátulas penales de por medio: todas las personas tenemos derecho de la atención sanitaria en iguales condiciones.

Ahora bien, ¿quiénes son las personas que salieron de las prisiones? Muchos (y me refiero a varones en exclusiva ya que son la gran mayoría de quienes viven en contextos de encierro) lo hicieron con condenas cumplidas. Es decir, detenidos que cumplimentaron el tiempo correspondiente a la condena que les fuera dictada y estaban esperando que la libertad salga o que la Justicia agilice los papeles demorados. La prisión domiciliaria, a su vez, se dictaminó para quienes habían comenzado con salidas laborales o socio familiares según el régimen de progresión de la pena que regula la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad, mujeres con niños (lo que de por sí no tiene sustento legal que menores habiten las cárceles) y personas con diagnóstico de riesgo sanitario. El Estado en estos últimos casos se comprometió a suministrar tobilleras eléctricas u oficiar los medios para el efectivo cumplimiento.

Ese decir que esa liberación de presos fue una aceleración de procedimientos ya iniciados y la actualización de expedientes trabados o postergados. No se trató de un beneficio para los delincuentes como fue amplificado en los medios.

En abril de 2020, cuando fue imperiosa la necesidad de evaluar riesgos y ser coherentes, desde la mayoría de los medios de comunicación comerciales, se llamó a golpear sartenes para acrecentar el odio3 sin siquiera intentar analizar la cuestión de que descomprimir las cárceles aportaría a garantizar el acceso a la salud a todos. Un ejemplo de esto fue la editorial de La Nación del 30 de abril de 2020, titulada «Todo cerrado menos las cárceles», en la que se buscó exacerbar la indignación de los ciudadanos que atravesábamos el aislamiento más estricto en los comienzos de la pandemia, esa misma semana el debate central en el show televisivo Intratables por América TV fue: «¿Qué dicen las víctimas o familiares de víctimas de la polémica liberación de presos?», la respuesta aquí es una obviedad completamente comprensible, pero esto no dejaba de reducir o simplificar un problema y un contexto mucho más complejo.

Por esto y a partir de esta situación que fue amplificada y replicada, que provocó grietas y debates en el prime time de la televisión es que nos preguntamos: ¿De qué manera podemos intervenir como comunicadores sociales en los sentidos sobre las cárceles?

Cuando comunicadores sociales desembarcamos en contextos de encierro

Llegamos a estas preguntas a partir del recorrido que iniciamos en el año 2005 y que se vincula con la comunicación comunitaria y la educación en el contexto carcelario (Pérez Campos et al., 2009). A partir del surgimiento de la idea de facilitar un espacio de comunicación en la cárcel, integramos el equipo de trabajo que inauguró una línea de intervención acerca de esta perspectiva en contextos de encierro desde el Área de Comunicación Comunitaria de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de Entre Ríos. Inicialmente, se trató de un Proyecto de Extensión Universitaria que consistente en talleres semanales de comunicación –radio y otros formatos comunicacionales– para la población penal, que los participantes llamaron La Hora Libre.

La riqueza antropológica y el intercambio de saberes que implicó el inicio de esta experiencia, dieron lugar a la reflexión desde un enfoque poco explorado en cárceles: la promoción de instancias de producción creativa colectiva en comunicación. Advertimos durante el desarrollo de la práctica extensionista y la producción de conocimiento sobre el proceso, que desde el campo de la Comunicación Social y sobre todo desde la universidad, pueden generarse intervenciones y transformaciones (Bustelo, 2016; Delfino y Parchuc, 2017; Chiaponi y Manchado, 2018; Schneider et.al 2020, entre otros) para aportar a nuevas formas, más inclusivas, justas y complejas sobre la mirada socialmente construida sobre estos ámbitos de cumplimientos de condenas penales.

Como venimos diciendo, les comunicadores sociales trabajamos con/sobre los sentidos socialmente constituidos (Schutz, 1993; Vizer, 2006) y es en las interacciones donde intervenimos, modelamos, incidimos. Ya se ha hablado sobre la versatilidad de los profesionales de la comunicación social (Gumucio Dagron, 2004; Martín Barbero, 2012) en organizaciones sociales, en instituciones. Las vinculaciones más clásicas entre las cárceles y los comunicadores son: en comunicación institucional de los servicios penitenciarios, en docencia en instituciones educativas que funcionan al interior de las cárceles y en los medios masivos construyendo narrativas sobre la cárcel (en la creación y recreación de noticias policiales y judiciales) como televisión, prensa escrita, portales digitales, libros, entre otros. Sin embargo, en los últimos años y sobre todo después de las discusiones instaladas a partir de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en nuestro país, comenzó a instalarse en el sentido común la noción del derecho a la comunicación como un Derecho Humano.

Desde este enfoque es que nos interesa pensar en las formas de incidencia, de intervención, de acción de comunicadores sociales en los territorios carcelarios y en cómo se aborda la cuestión penal desde los medios. A partir de haber transitado por espacios educativos de comunicación promovidos desde la universidad, consideramos que, desde una proyección responsable del rol de comunicadores sociales, podemos pensarlo como un actor/actriz bisagra en dos frentes o dimensiones de la práctica profesional en relación a esta problemática.

a) Como constructores de narrativas sobre la cárcel como un contexto:

Stuart Hall (1980) elaboró un modelo complejo para comprender los procesos de comunicación. El autor representó una estructura de relaciones producida por momentos articulados que es posible distinguir: producción, circulación, distribución, consumo y reproducción. En cada una de estas prácticas hay un proceso de producción de significados, pero ninguna de ellas garantiza de por sí la producción de significados en el momento siguiente. Pensar la comunicación como producción social de sentidos, nos permite ampliar la mirada hacia el terreno de la cultura. Es decir, estamos reconociendo los procesos culturales como aquellos espacios dentro de los cuales se producen luchas por el sentido, donde los sujetos (individuales o colectivos) interpelan y se ven interpelados en una puja constante por la significación de la experiencia, de la vida y del mundo.

De esta manera comenzamos a ver una dimensión en la que los procesos comunicacionales ya no pueden pensarse a partir de roles más o menos estancos de emisión y recepción prefijados y alternados, sino más bien como una interacción constante aún en la diferencia y la asimetría.

Se trata de un receptor activo que completa el sentido de la comunicación desde su propia lectura, sin eludir el papel que el poder juega en los procesos socioculturales y –como parte de ellos, los comunicacionales– en los procesos hegemónicos.

En este proceso, los mensajes no son particulares, reconocibles en sí mismos, sino conjuntos textuales. Es decir, son el resultado de prácticas que remiten no sólo a un código –lingüístico, sonoro, visual– en virtud del cual los signos se articulan con un cierto significado, sino fundamentalmente a otras prácticas y sus respectivos productos: modos de decir, medios para hacerlo, condiciones en las que los discursos se producen, a la posición de sus productores, etc.

Reconocer a las audiencias como el espacio de lucha por el sentido, como un campo de negociaciones y tensiones, como el lugar desde el cual se configuran representaciones e identidades nos lleva a comprender la construcción de la sujeción criminal (Misse, 2017): la expansión de una expectativa negativa sobre individuos y grupos, que resulta constitutiva de su subjetividad, rasgo que porta un determinado tipo de ciudadanos, muchos que quizás antes de nacer ya tienen asignado el destino de la cárcel. Debemos reconocer que es muy fácil criminalizar, tipificar a los sujetos en conflicto con la ley penal cuando no tienen acceso a ámbitos donde expresar su palabra públicamente. Más aún si su destino es la cárcel con sus múltiples encierros.

Esto que llamamos sujeción penal es lo que David Garland (2018) denomina criminalización del otro peligroso (Garland, 2018) y Gabriel Kessler llama presunción generalizada de peligrosidad (Kessler, 2014) y la cual –advierte el sociólogo argentino– tiene cierta continuidad entre prácticas sociales extendidas con acciones públicas que refuerzan el polo autoritario-punitivo. Es decir, a medida que el sentido común aviva la condena social a ciertos sectores, las estructuras estatales responden multiplicando los encarcelamientos para –a través de la cárcel– «segregar, mantener apartados y aislar de la buena gente a quienes quiebran la ley» (Kalinsky, 2016: 20) porque responde al reclamo del sentido común.

Proyectar a los comunicadores sociales en la construcción e intervención de otros significados sobre la cárcel nos lleva a pensar en una mirada que implique recuperar el contexto (Achilli, 2013) entendido como las relaciones en diferentes escalas atravesadas por cambios políticos, culturales y económicos y que como capas complejizan y –al mismo tiempo– sedimentan en el tiempo y el espacio en que los sujetos le dan sentido a sus prácticas, y reflexionar acerca de sus condiciones concretas de existencia.

Comprender o recuperar los contextos es justamente analizar las disputas, los intereses, las instancias de significación que están enmarañadas en los informantes, en las fuentes de la información. ¿Fiscales, policías, penitenciarios, jueces? ¿A las voces de quiénes estamos dando audibilidad cuando construimos, cuando tratamos una noticia? ¿A las víctimas? ¿Cuáles son los entramados sociales en los que el delito noticiable se realiza? ¿Qué tipos de delitos narramos en detrimento de otros? ¿Qué lugar ocupa el problema de las adicciones y la escasez de inversión pública para prevenirlo? ¿Quiénes llegan a la cárcel? ¿En qué condiciones de acceso a la justicia?

Comprender los contextos es partir de atender a la desigualdad (Dubet, 2011; Rosanvallon, 2012) sostenida por el modelo de la igualdad de oportunidades que consiste en ofrecer a todos la posibilidad de competir para ocupar las mejores posiciones, en función del mérito individual (Dubet, 2011: 12). La meritocracia también rige en la justicia porque la ley no es igual para todos, la selectividad penal tiene rehenes (Wacquant, 2010; Zaffaroni, 2012; Daroqui, 2012) y como blancos fáciles del sistema judicial (Renoldi, 2008; 2013), las personas que –al ser juzgadas– no saben leer y escribir son víctimas de una reproducción de prácticas discriminatorias y racistas en la interpretación de la ley por parte de jueces, fiscales, defensores públicos, secretarios, etc.

Comenzar a narrar los intersticios del delito, que no son los detalles de un robo sino esas capas que están por detrás, pero al deconstruirlas vamos corriendo el foco y ampliando la mirada para advertir que son muchas más las responsabilidades en juego cuya solución se remite a la estructura social y no a poblar de policías las calles y construir más establecimientos penitenciarios, como lo admite el paradigma nacido en Nueva York conocido como de Tolerancia Cero (Wacquant, 2010).

b) Como facilitadores de espacios educativos donde se promueva la producción en comunicación, desde la educación popular:

Consideramos que algunas de las coordenadas teórico-conceptuales que alimentan el campo vincular de la comunicación/educación para Jorge Huergo (2004), nos permiten pensar a la promoción de prácticas educativas en contextos de encierro, un campo de acción en crecimiento, el cual comenzó a ser desarrollado en los últimos tiempos por la mayoría de las universidades argentinas (Bixio, 2016) –a partir de un enfoque de derechos–, con programas de extensión, culturales y curriculares.

Las actuales leyes educativas y penales –así como los tratados internacionales– (a las que entendemos no como son las cosas, sino cómo deberían ser), le otorgan centralidad e impostergabilidad a la educación durante el tránsito de las personas en prisión. Nos referimos a la Ley de Educación Nacional, la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. Estos marcos legales sustentan la importancia de la promoción de acciones desde la Comunicación/Educación y la acción educativa para el ejercicio del derecho a tener derechos (Lechner, 1983), más allá de la privación de libertad ambulatoria.

¿Por qué este campo en tensión nos inspira para reconocer (y motorizar) procesos educativos contextualizados y complejos? La noción de articulación, superando su acepción de juntura (Huergo, 2004) es como una puerta de entrada para vincular a dos instituciones que buscan autonomía, un espacio educativo y una cárcel, pero que forman parte del mismo Estado.

Laclau y Mouffe (2011) nos acercan algunos de los modos en los que se realiza la articulación. En primer lugar, como formación discursiva, «como conjunto de posiciones diferenciales» (Laclau y Mouffe, 2011: 143) cobra diversas formas, es dinámica y no es una relación pasible de comprender sin identificar los elementos que se articulan, que a su vez se modifican –se determinan– en esa relación. Relación que es necesaria e inevitable –ya que a diario se comunican y conviven– en una búsqueda de interpelarse mutuamente a través de sus propias reglas y con ello, en una lucha por la autonomía. Los espacios educativos en la cárcel generan sus propios acuerdos (Schneider et al., 2010) que funcionan como reglas de sus prácticas, del despliegue de otras formas de hacer diferentes a lo reglado por lo penal y la convivencia forzada que la cárcel supone. Los acuerdos grupales ¿funcionan por fuera de esas otras normas? No, lo hacen de otra manera ya que son acordadas y renovadas por sus participantes, por quienes deberán practicarlas. En esa articulación se producen nuevas lógicas con formas creativas e instituyentes que desafían a la vez que conviven con la cárcel.

Cuando en las reglas de lo carcelario se incluye –o irrumpe–, una institución que no es la penal con el propósito de desplegar acciones de comunicación, es decir, que buscan desafiar las fronteras del encierro, ¿se ponen en riesgo los fundamentos que la sostienen? En la cárcel, los espacios educativos se constituyen como espacios que –por contar con sus propios acuerdos– conllevan otros modos de hacer, que descontracturan (y eso parece muchas veces contrariar) un orden establecido, el marco de previsibilidad a la conducta, que la cárcel como sistema totalizador, imprime. Para esto, y desde la experiencia de trabajo del Área de Comunicación Comunitaria podemos afirmarlo, la promoción de la producción colectiva y el ejercicio democrático, como técnicas de animación sociocultural, dinámicas de juego participativo, puesta en común de ideas en rondas de discusión y los procesos de elaboración colectiva de programas de radio, fanzines o diarios murales, con énfasis en la conformación de grupos (Schneider et al., 2020) dejan marcas subjetivas positivas en las personas privadas de libertad.

Como mediación, en el sentido de Williams (2009), la cárcel y la universidad, al vincularse, crean una relación con identidad propia: «este proceso no comporta una mediación separable –un medio–, sino que es intrínseco respecto de las propiedades que manifiestan los tipos asociados» (Williams, 2009: 131). Y la cárcel por estar conectada a una organización de la sociedad civil, una escuela o a la universidad no es la misma, si bien las puertas no se abren, sí se generan bisagras que se transforman en ventanas a saberes, a universos que se filtran en otros.

En el caso de comunicadores sociales en formación que desembarcan en estos contextos, su inserción en el mundo carcelario también les transforma. Ya que significa nuevos desafíos educativos en el marco de los roles socialmente asignados a los espacios educativos: enseñar, aprender, desarrollar el pensamiento crítico, etc. en un contexto múltiple y diverso. El principal desafío «se trata de un modo de organizar los significados que han sido diezmados por el espacio carcelario y que hay que recomponer» (Bixio, 2016: 77).

A su vez, debemos considerar que algunas instituciones que, por ser públicas, deben estar. Sobre todo, si consideramos a las organizaciones de DDHH, la escuela y la universidad que son instituciones que por su sola presencia –en determinados contextos sociales– educan.

Un retorno a la comunicación de Paulo Freire

En este doble despliegue en que apostamos la incidencia de comunicadores sociales queremos recuperar una noción que, por nuestra formación, podemos revitalizar casi de forma cotidiana: el reconocimiento del universo vocabular. Paulo Freire comienza planteándolo como una estrategia para el educador: «es el conjunto de palabras o el lenguaje con que los sujetos interpretan el mundo» (Huergo, 2010: 2) pero Huergo la recupera para el campo vincular de la Comunicación/Educación.

Advertir la posibilidad de reconocer un universo vocabular, supone la participación (formar parte) de prácticas socioculturales determinadas, de lo que piensan y dicen, cómo viven y conviven sus miembros: el reconocimiento de los modos de significación supone escuchar deseos, inquietudes, frustraciones, expectativas y reivindicaciones. ¿Acaso podemos hablar de un mundo, como el carcelario, sin siquiera habernos asomado a mirar cómo las personas privadas de libertad producen y reproducen los sentidos y las prácticas de la vida cotidiana allí y cuáles son los entramados comunes a sus trayectorias vitales? Luego de aproximarnos a este ámbito, ¿cómo no preguntarnos por la pobreza, por la desocupación y por los límites borrosos entre la legalidad y la ilegalidad (categorías que encierran a algunos y dejan a otros sin condena)?

Consideramos que intentar interpretar los contextos comunicativos en los cuales las personas cumplen una condena –que el Estado asignó correspondiente para el cumplimiento de una acusación delictiva–, reconocer disputas por el sentido, marcos de significación y condiciones de producción de otros discursos que constituyen la cuestión carcelaria y el conflicto con la ley penal puede aportar a la democratización de la cultura. Quienes nos formamos en la universidad pública y trabajamos construyendo narrativas y aportando, con esto, a la producción de cristalizaciones debemos asumir que la concentración de poder de los medios de comunicación quizás se aleja de nuestras posibilidades inmediatas, pero sí somos partícipes de la circulación de voces expulsoras, que no representan la diversidad y la complejidad de los territorios que por nuestra formación conocemos o sospechamos de la existencia de un amplio espectro.

Cierto es que una noticia como la liberación de presos en un contexto de pandemia por una enfermedad desconocida y la proliferación de discursos odiantes que afirman lugares comunes en el sentido, pudo haber aportado algo de certezas habituales en las redes de significación que entraman los medios de comunicación del mainstream, en un nuevo escenario social que se estaba mostrando cargado de incertidumbres y sin rumbos precisos.

En este sentido es que desde la Red Universitaria Nacionales de Educación en Contextos de Encierro (Red UNECE) se trabajó de forma coordinada para que la pandemia no aleje a las universidades de las cárceles (Umpierrez et al., 2021). Desde el Área de Comunicación Comunitaria de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), por nuestra parte, generamos una revista en formato papel, la Chamuyo Palomita4, que fue distribuida en las nueve cárceles de la provincia de Entre Ríos y que en seis entregas buscó ser un camino alternativo de lectura, compañía y reflexión para quienes se encontraron con el aislamiento preventivo mientras cumplen una condena penal.

Si algo podemos hacer desde nuestro lugar, es gestar nuevas narrativas, más creativas, más sustentables, justas e integradoras de esos otros no tan alejados del nosotros. La palabra, como los sentidos, también permanece encerrada y desde nuestro lugar de habilitadores de mundos significantes, de sentidos que van gestándose de forma dinámica, podemos echar llaves o abrir todas las puertas.

Bibliografía

ACHILLI, Elena (2013). Investigación socioantropológica en educación. Para pensar la noción de contexto. En: Elichiry, Nora (comp). Historia y vida cotidiana en educación. Buenos Aires: Manantial.

BECKER, Howard (2014). Outsiders: hacia una sociología de la desviación. Buenos Aires: Siglo xxi Editores.

BIXIO, Beatriz (2016). De heterotopías y utopías: aulas de la prisión. En: Acín, Alicia y Bixio, Beatriz. Sentidos políticos de la universidad en la cárcel. Fragmentos teóricos y experiencias. Córdoba: Editorial Filosofía y Humanidades.

BUSTELO, Cynthia [en línea] (2016). Experiencias de formación en contextos de encierro. Tesis de Doctorado FFyL–UBA. Disponible en: http://revistascientificas.filo.uba.ar/index.php/tesis/article/view/4163

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) (2019). Informe Anual. Buenos Aires: Siglo xxi Editores.

CHIAPONI, María Silvia y Mauricio Manchado (2018). Prácticas culturales y comunicacionales en el encierro. La cárcel y sus sentidos en disputa. Chasqui. Revista Latinoamericana de Comunicación. 231–250.

DAROQUI, Alcira; Ana López y Roberto García (coords.) (2012). Sujeto de castigos. Hacia una sociología de la penalidad juvenil. Rosario: Homo Sapiens.

DELFINO, Silvia y Juan Pablo Parchuc (2017). Narrar para re escribir: experiencias pedagógicas en contextos de encierro. En: Gerbaudo, Analía e Ivana Tosti (Eds.). Nano–Intervenciones con la literatura y otras formas del arte. Santa Fe: Ediciones UNL. 109–142.

DUBET, François (2011). Repensar la justicia social. Contra el mito de la igualdad de oportunidades. Buenos Aires: Siglo xxi Editores.

GARLAND, David (2018). Castigar y asistir. Buenos Aires: Siglo xxi Editores.

GOFFMAN, Erving (2006). Estigma: la identidad deteriorada. Buenos Aires: Amorrortu.

GUMUCIO DAGRON, Alfonso (2004). El cuarto mosquetero: la comunicación para el cambio social. En: Investigación y desarrollo, 12 (1), 2-23.

HALL, Stuart (1980). Codificar y Decodificar. En: CULTURE, MEDIA Y LANGUAGE. London, Hutchinson. 129-139.

HUERGO, Jorge (2004). Hacia una genealogía de la Comunicación/Educación. Rastreo de algunos anclajes político-culturales. La Plata: Facultad de Periodismo y Comunicación Social, Universidad Nacional de La Plata (UNLP).

HUERGO, Jorge (2010). El reconocimiento del “universo vocabular” y la “prealimentación”. La Plata: Centro de Comunicación y Educación. Facultad de Periodismo y Comunicación Social. Universidad Nacional de La Plata.

INADI (2020). Informe técnico del Observatorio de la Discriminación Número: OD-000XX/20. Disponible en: https://www.argentina.gob.ar/noticias/la-carcel-en-contexto-de-pandemia-segun-los-medios

KALINSKY, Beatriz (2016). Justicia, cultura y derecho penal. Buenos Aires: Ad Hoc.

KESSLER, Gabriel (2006). Sociología del delito amateur. Buenos Aires: Paidós.

KESSLER, Gabriel (2009). El sentimiento de inseguridad. Sociología del temor al delito. Buenos Aires: Siglo xxi Editores.

KESSLER, Gabriel (2013). Ilegalismos en tres tiempos. En: Castel, Robert, Gabriel Kessler, Denis Merklen y Numa Murand. Individuación, precariedad, inseguridad ¿Desinstitucionalización del presente? Buenos Aires: Paidós.

KESSLER, Gabriel (2014). Controversias sobre la desigualdad. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.

LACLAU, Ernesto y Chantal Mouffe (2011). Hegemonía y estrategia socialista. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.

LECHNER, Norbert (1983). Los derechos humanos como categoría política. Conferencia pronunciada en el Foro de Los Derechos Humanos y las Ciencias Sociales en América Latina, en ocasión de la XII Asamblea General del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO), Buenos Aires.

MARTÍN BARBERO, Jesús (1991). De los medios a las mediaciones. México: Gustavo Gilli.

MARTÍN BARBERO, Jesús (2012). Los oficios del comunicador. En: Signo y Pensamiento. 31(59), 18-40.

MASSONI, Sandra (2008). Estrategias: los desafíos de la comunicación en un mundo fluido. Rosario, Argentina: Homo Sapiens.

MISSE, Michel (2017). Sujeción criminal. En: Renoldi, Brígida y Santiago Álvarez (comps.). Estado, violencia y mercado: conexiones etnográficas en América Latina. Buenos Aires: Antropofagia.

RENOLDI, Brígida (2008). Narcotráfico y justicia en la Argentina. Buenos Aires: Antropofagia.

RENOLDI, Brígida (2013). Carne de carátula: experiencias etnográficas de investigación, juzgamiento y narcotráfico. La Plata: Al Margen.

ROSANVALLON, Pierre (2012). La sociedad de iguales. Buenos Aires: Manantial.

SCHNEIDER, Gretel; Lucrecia Pérez Campos e Irene Roquel (2020). Construir una comunidad en la cárcel: cuando el conflicto motoriza y la fiesta consagra. +E: Revista De Extensión Universitaria. 10(12.Ene-Jun).

SCHUTZ, Alfred (1993). La construcción significativa del mundo social. Barcelona: Paidós.

VIZER, Eduardo (2006). La trama (in)visible de la vida social. Buenos Aires: La crujía.

UMPIERREZ, Analía, María Chiponi y María José Rubin (comps.) (2021). El encierro en el encierro. Reflexiones e informes iniciales sobre cárcel, universidad y prácticas políticas en contexto de pandemia. En: Newsletter N.º 43: UNICEN. Disponible en: https://www.soc.unicen.edu.ar/newsletter.

WACQUANT, Loïc (2010). Las cárceles de la miseria. Buenos Aires: Manantial.

WILLIAMS, Raymond (2009). Marxismo y literatura. Buenos Aires: Las cuarenta.

ZAFFARONI, Eugenio (2012). La cuestión criminal. Buenos Aires: Planeta.

Notas

1 Este artículo deviene del recorrido de autores en la línea de trabajo del Área de Comunicación Comunitaria (FCEdu-UNER) en contextos de encierro y del proceso reflexivo en el Proyecto de Investigación y Desarrollo de Universidad Nacional de Entre Ríos (PIDUNER) «¿de qué hablamos cuando hablamos de comunicación comunitaria?» dirigido por la Dra. Patricia Fasano.
2 El informe que sugiere la conformación fue emitido en febrero de 2020 por el Ministerio Público Fiscal de la Nación. Disponible en: https://www.mpf.gob.ar/procuvin/files/2020/04/Compilacio%CC%81n-recomendaciones-y-resoluciones-Covid-19-Actualizado-al-31-de-Marzo.pdf
3 Esto está demostrado y desarrollado en el informe técnico del Observatorio de la Discriminación Número: OD-000XX/20 del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), de mayo de 2020.
4 Las ediciones de la revista Chamuyo Palomita pueden leerse y descargarse en http://www.chamuyofm.blogspot.com.